El Tribunal Europeo de Derechos Humanos no ha admitido a trámite las alegaciones de los jóvenes de Altsasu por "falta de imparcialidad, ausencia de un juicio justo y desproporción de las penas" a las que fueron condenados. La resolución de Estrasburgo es un trámite judicial, subrayan los afectados, que no entra en motivaciones o explicaciones, e insisten en que no hay que extraer la conclusión de que a Europa le parece justa la sentencia "porque el tribunal no entra al fondo de esta cuestión".
El Tribunal de Derechos Humanos de Estrasburgo admitió el pasado mes de julio a trámite los distintos recursos presentados por los ocho jóvenes de Altsasu condenados a penas de entre un año y medio y nueve años y medio de prisión por la agresión a dos guardias civiles y sus parejas en 2016 en el bar Koxka de la localidad de Sakana.
No se trataba de juzgar de nuevo los hechos, sino de velar por si el juicio fue justo y si entre otras cuestiones se vulneró el derecho a un juez imparcial. Conviene recordar que la magistrada Concepción Espejel juzgó la causa en la AN pese a haber sido recusada por las defensas por estar casada con un coronel de la Guardia Civil, cuerpo que investigó el caso, y haber sido condecorada por el propio Instituto Armado. Dicha recusación fue desestimada de un plumazo por la propia Espejel y luego por el propio tribunal de apelación de la AN. Al cuestionamiento de Espejel, argumento coincidente en todos los recursos presentados, se unen otras irregularidades detectadas a lo largo del proceso y que suponían graves vulneraciones del derecho de defensa y de un proceso justo.
Así, las defensas ponían en solfa también la negativa a numerosas pruebas que solicitaron durante la instrucción, las irregularidades en las ruedas de reconocimiento de los jóvenes o el hecho de que se sustrajera la causa de los juzgados de Pamplona, donde debería haber sido juzgada, y se trasladara a un tribunal excepcional como la Audiencia Nacional al interponer una denuncia Covite para que la causa se investigara por terrorismo.
Altsasukoak Aske y Altsasu Gurasoak han impulsado desde 2016 el proceso para que los jóvenes no fueran juzgados por terrorismo en la Audiencia Nacional, y que su causa se dirimiera en los juzgados ordinarios de Navarra al considerarla una pelea de bar. Finalmente fueron condenados por el Tribunal Supremo por la agresión a penas de entre un año y medio y nueve años y medio de cárcel, sentencia que rebajó la inicialmente dictada por la Audiencia Nacional, que no apreció terrorismo en los hechos.
Agotado el recorrido judicial en España, los ocho jóvenes recurrieron al Tribunal Europeo de Derechos Humanos por entender que en España se habían "vulnerado los derechos fundamentales y humanos" de los jóvenes, "a tener un juez imparcial, a la libertad, al honor y a la intimidad", señalaron en su día los padres de los encausados.
Cuando recibieron la confirmación de la admisión a trámite de los recursos se mostraron "muy contentos y contentas porque esto, aunque no vaya reparar la injusticia, sí consideramos que puede servir para que no vuelva a pasar, para que se hagan las cosas bien y que sea todo justo", porque "el juicio no tuvo que salir de Navarra".
El tribunal europeo ha recabado información del Gobierno español, que es el demandado en el procedimiento. Los demandantes alegaban que no habían sido juzgados por un tribunal imparcial con todas las garantías para ellos, que había habido una serie de irregularidades en el proceso que habían impedido que tuvieran un juicio justo y por la falta de proporcionalidad de las penas.
Estrasburgo no ha admitido a ninguna de las demandas presentadas por las defensas, y con esta resolución se da el carpetazo definitivo a todo recorrido judicial para los jóvenes de Altsasu.