BILBAO - La Fiscalía del Tribunal Supremo ya ha enviado su informe a la Sala de lo Penal en el que se opone a la acumulación de las condenas cumplidas en Francia por los miembros de ETA, que ha derivado en la excarcelación de los presos de la banda Alberto Plazaola y Santiago Arrospide, alias Santi Potros, así como la reducción de pena a Francisco Mujika Garmendia, alias Pakito, y Rafael Caride Simón. Considera “errónea” la decisión de la Audiencia Nacional de dar por buena la suma de los años purgados en Francia y España, ya que “no existe base legal para pretender que una pena impuesta en otro país miembro de la Unión Europea pueda ser valorada en España a efectos de acumulación de penas o refundición de condenas”.
Las resoluciones de las secciones primera y segunda de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional sobre los recursos presentados por los tres presos de ETA y Rafael Caride -que abandonó la banda por su rechazo a la lucha armada- abrieron la puerta a una excarcelación masiva de varias decenas de internos de la organización que en los últimos años también han pedido que se les descuente los años de condena en prisiones de fuera del Estado español -principalmente Francia-.
La decisión disparó todas las alarmas en el Gobierno español ante el temor de que se repita una oleada de excarcelaciones de presos de ETA como ya ocurrió a finales de 2013 y comienzos de 2014 tras la resolución del Tribunal Europeo de Derechos Humanos contrario a la doctrina Parot. Para evitar una nueva excarcelación masiva en ciernes de un intenso ciclo electoral, el Ejecutivo de Rajoy puso en funcionamiento su maquinaria y provocó que el pleno del Supremo retrasara hasta la próxima semana su decisión sobre el recurso interpuesto por el preso de la vía Nanclares Kepa Pikabea, decisión que despejará la situación penal de los cuatro presos cuyos recursos fueron vistos por la Audiencia Nacional y que además podría sentar doctrina sobre el total de reclusos en la misma situación.
El alto tribunal debatirá si frente al acuerdo marco europeo se debe aplicar la legislación española, que el pasado 3 de diciembre estableció a través de una ley orgánica que las condenas firmes dictadas en otros países de la UE no tendrán ningún efecto sobre las decisiones y condenas de los tribunales españoles por delitos cometidos en el Estado español antes de que el recluso hubiera sido condenado en otro país. A este argumento, añadió otro para oponerse a incorporar la normativa europea añadió otro: una disposición adicional de la ley orgánica excluye de cualquier acumulación a las condenas dictadas en el extranjero antes del 15 de agosto de 2010.
Los argumentos remitidos por la Fiscalía del Supremo al pleno del alto tribunal van en la misma línea que los contenidos en la ley orgánica aprobada por el Gobierno del PP.
También la defensa de Kepa Pikabea ha presentado en los últimos días el informe ante el Tribunal Supremo en el que pondera los preceptos de la Decisión marco europea y argumenta que la ley orgánica española es “contradictoria” con la normativa comunitaria y contraria a su espíritu. Pikabea llevó su caso al Supremo después de que la Audiencia Nacional rechazara su recurso de acumulación de condenas.
Paradójicamente, este tribunal, aunque otra sala, sí decidió en noviembre pasado descontar los años purgados en Francia a Carmen Gisasola -también encuadrada en la vía Nanclares-, tras la que la presa de Markina quedó en libertad definitiva tras la liquidación de pena correspondiente. Posteriormente, también quedó en libertad por idénticas razones Josu García Corporales, otro preso disidente de la banda.
La decisión remite a la resolución adoptada en marzo del año pasado por el Supremo sobre un recurso de Joseba Urrosolo. El alto tribunal obligó en una sentencia a la Audiencia Nacional a revisar una posible acumulación de penas incluyendo en el cómputo de la misma la condena de seis años que se le impuso a éste en Francia. Urrusolo, encarcelado desde 1997 por varios asesinatos e incluido en la llamada vía Nanclares pidió la acumulación de sus condenas a la Audiencia Nacional para quedar antes en libertad.
El informe del fiscal supone un desaire a los cinco magistrados de la sala del Supremo que decidió computar la condena en Francia a Urrosolo, ya que de su texto se desprende que todos ellos realizaron una interpretación contraria a la legislación española. El próximo martes serán estos cinco magistrados y otros diez más los que tendrán la última palabra.