palma - La decisión de la Audiencia Provincial de Baleares de mantener la imputación de la infanta Cristina deja a la hermana del rey a un paso de tener que sentarse en un banquillo como acusada de dos delitos fiscales. Dependerá de la resolución que adopte el juez Castro, instructor del sumario y que en última instancia, contra el sonoro y bochornoso criterio del fiscal, concluyó que existían indicios suficientes para considerar que la infanta debía ser juzgada en el marco del caso Nóos, donde se investigan los fondos que su marido, Iñaki Urdangarin, recibió de entidades públicas y acabaron en su bolsillo.
Su imputación por dos delitos contra la Hacienda Pública se basa en el papel que ejerció en la sociedad Aizoon, de la que es copropietaria al 50% junto a su esposo, quien habría utilizado esta empresa para defraudar 337.138 euros en las cuotas del IRPF correspondientes a 2007 y 2008.
El tribunal justificó de este modo su decisión de abrir la posibilidad de que las partes formulen acusación contra la infanta Cristina como cooperadora necesaria de un delito fiscal, en una resolución de 160 páginas acordada por unanimidad, con la que responde a los catorce recursos contra el auto que finalizó la instrucción del caso. La sección segunda de la Audiencia de Palma recuerda en el auto que la Agencia Tributaria ha señalado en tres informes que tanto el Instituto Nóos como las sociedades satélites constituidas para vaciar de fondos esa entidad “son todas ellas una simulación” y recalca que en dichas sociedades las esposas de Urdangarin y Diego Torres eran socias al 50%.
Los jueces califican como “innegable e inobjetable” que ambas esposas, desde el momento en que eran copartícipes de sociedades ficticias, estaban contribuyendo con su participación en dichas sociedades simuladas o meras pantallas “a defraudar al fisco” y además se beneficiaron de ello, “ya que el dinero que recibía Aizoon no se queda en su cuenta” sino que lo gastaban los dos socios.
Sin embargo, la sala rechazó mantener la imputación de la infanta por presunto blanqueo al considerar que no conocía el posible origen ilícito del dinero de Aizoon.
Que la infanta Cristina se siente o no en el banquillo dependerá de que el juez Castro la incluya finalmente en el auto de apertura de juicio oral, y en el caso de que solo sea la acusación popular ejercida por Manos Limpias la que acuse, correspondería al instructor decidir si aplica o no la llamada doctrina Botín, según la cual la acusación popular no está legitimada para acusar si no lo hace la Fiscalía.
El problema para la defensa de la infanta y para el fiscal Horrach es que en el auto de ayer la Audiencia de Baleares señala que ambos casos no pueden ser equiparables.
En la última de las consideraciones del auto en el que confirman la imputación por dos delitos fiscales, los magistrados señalan que “existe un matiz” que diferencia el caso de Botín del de la infanta, que es que ella está imputada como cooperadora de los delitos fiscales que cometió su esposo, a quien el fiscal y la Abogacía del Estado si tienen intención de acusar. “El Ministerio Fiscal y la acusación particular, según se desprende de su posicionamiento acusatorio desplegado, piensan ejercer la acusación por delito fiscal, aunque no lo atribuyen a la infanta”, recuerda la sala. No obstante, los magistrados dejan abierta la posibilidad de que, una vez conocido el mantenimiento de la imputación, la Abogacía del Estado y la Fiscalía cambien de postura.
Si las acusaciones mantienen las posiciones que han sostenido durante la instrucción, ni la Fiscalía ni la abogacía acusarán a la hermana del rey, y únicamente Manos Limpias formulará acusación contra ella. Ante este escenario, el juez deberá dictar un auto de apertura de juicio oral, donde definirá qué personas irán a juicio y cuáles no, y tendrá que pronunciarse de nuevo sobre la infanta.
otra decisión de castro El juez Castro puede entender que la acusación popular es suficiente para sostener la acusación contra la infanta por delito fiscal e incluirla en el auto de apertura de juicio oral, una decisión que implicaría que la duquesa de Palma se sentaría en el banquillo y ante la cual no cabe recurso.
Pero podría considerar que la acusación popular no es suficiente basándose en la sentencia del Tribunal Supremo de 2007 sobre Emilio Botín. Si el juez Castro sobresee la causa en relación con la infanta Cristina en el auto de apertura de juicio oral, esta decisión se puede recurrir y de nuevo debería resolver la Audiencia de Palma. En el caso de que se decidiera de nuevo que se puede llevar adelante la acusación, la infanta iría a juicio.
Ante dicha situación, la defensa de la infanta podría plantear que se ha vulnerado el principio acusatorio, pero sería únicamente como cuestión previa al inicio del juicio oral, lo que se resolvería mediante un auto previo ya en la sentencia.
El juicio, a finales de 2015 o principios de 2016. La Audiencia de Palma será la encargada de fijar la fecha para la celebración del juicio, una vista oral que dada la carga de trabajo de dicho organismo judicial no tendría lugar previsiblemente hasta finales de 2015 o principios de 2016.
Hasta seis años de prisión. La infanta Cristina podría enfrentarse a una petición de hasta seis años de cárcel por los dos delitos fiscales que pesan sobre ella en el marco del caso Nóos, solicitud que podría verse reducida si hace frente a las cantidades presuntamente defraudadas a Hacienda a través de la empresa Aizoon.
el fraude. La imputación se basa en el papel que ejerció en la sociedad Aizoon junto a su marido, Iñaki Urdangarin, quien habría utilizado esta empresa para defraudar 337.138 euros en las cuotas del IRPF de los años 2007 y 2008.