Córdoba/Madrid. Un hombre de 50 años falleció ayer en Córdoba tras arrojarse al vacío desde una segunda planta antes de ser desahuciado debido a una denuncia de la familia. Este nuevo suicidio tenía lugar el mismo día en el que entraba en vigor la suspensión de los desahucios durante los próximos dos años.
El suceso tuvo lugar sobre las 11.00 horas en la avenida de Ronda de Los Tejares, en pleno centro de la capital cordobesa, justo cuando la comitiva judicial entraba en el inmueble donde residía el fallecido.
Al parecer, el hombre vivía en la casa, propiedad de su madre, desde hace poco tiempo y la denuncia de desalojo, presentada ante el juzgado de primera instancia número ocho de Córdoba, viene dada por causas familiares. Su familia le había denunciado por supuesto impago en el alquiler de la casa, consumo de drogas y comportamiento violento en el ámbito familiar.
Cuando la comitiva judicial llegó al lugar el hombre amenazó con tirarse por la ventana, si bien no lo hizo hasta que los agentes policiales abrieron la puerta.
Son muchas las voces que ponen en duda la efectividad de la suspensión de los desahucios durante dos años, tras la publicación del decreto ley ayer en el BOE, debido a los requisitos que deben cumplir los beneficiarios y reclaman cambios legales más profundos.
Desde el ámbito de la justicia, la Asociación Profesional de la Magistratura (APM) aplaudió la medida, pero la considera "claramente insuficiente" para solventar la situación actual y reclama medidas "bastante más contundentes", como posibles quitas de la deuda, una reforma de las cláusulas de las hipotecas y mayor control y limitación de los tipos de interés en la mora.
La asociación de Jueces para la Democracia (JpD) tachó de "fiasco" el decreto y criticó la "publicidad engañosa" del Gobierno puesto que las medidas tendrán un alcance "levísimo" al no ser aplicables para la "gran mayoría" de familias.
En la misma linea, la Plataforma de Afectados por la Hipoteca (PAH) señala que el nuevo real decreto es tan restrictivo que excluye a la mayoría de los afectados y no hubiera servido en el caso de la vecina de Barakaldo (Vizcaya) que se suicidó la pasada semana.
También la Confederación de Consumidores y Usuarios (CECU) criticó por "insuficientes" las nuevas medidas al considerar que dejan fuera a un buen número de ciudadanos sobre los que seguirá pesando la posibilidad de ser desalojados.
Para el Sindicato de Secretarios Judiciales (SISEJ) estamos ante un cambio legal "muy parcial" y una "mera operación de maquillaje", ya que no tiene efectos retroactivos para las personas ya desahuciadas.
Para beneficiarse de la suspensión es necesario formar parte de alguno de estos colectivos: ser familia numerosa, monoparental con dos hijos, con algún menor de 3 años a su cargo, con personas con una discapacidad superior al 33% o dependencia que incapacite permanentemente para trabajar y si se dan algunos supuestos de violencia de género.
Asimismo, tienen derecho deudores en paro y que hayan agotado la prestación por desempleo, las unidades familiares en las que convivan con el deudor una o más personas unidas al titular de la hipoteca o a su cónyuge por parentesco o vínculo hasta tercer grado de consanguinidad y que estén en situación de discapacidad, dependencia o enfermedad grave que incapacite para trabajar.
Además es necesario tener una renta inferior a tres veces el IPREM -19.164 euros anuales-, que se haya producido una alteración de las circunstancias económicas (que el peso de la cuota hipotecaria sobre los ingresos aumente en un 50% en los últimos cuatro años y que la cuota hipotecaria supere el 50% de los ingresos netos) y que sea la única vivienda del deudor.