Vitoria. Tras su extenso paso por la política como diputada del PNV en el Congreso entre 1996 y 2008, Margarita Uria lleva estos últimos cuatro años trabajando en los ambientes jurídicos de la "villa y corte de Madrid" como vocal del CGPJ. Desde esta atalaya sigue con preocupación y "alarma" la deriva punitiva del Gobierno de Mariano Rajoy.
¿La reforma del Código Penal supone un recorte de las libertades básicas?
Habría que verlas escritas negro sobre blanco, pero sí parece que suponen una involución en relación con lo que debe ser el Derecho Penal. El Derecho Penal debe ser la última barrera y debe estar regido por el principio de intervención mínima, es decir, que cuando ya no hay otra forma de ordenar nuevas conductas sociales, entonces entra el Código Penal, y no ser la normativa penal lo primero a lo que aferrarse. No se puede decir mucho más sobre la cadena perpetua revisable porque no se ha presentado nada articulado, ni tampoco sobre las penalizaciones que se pretenden hacer de la convocatoria de movimientos ciudadanos o protestas cívicas o sentadas. Me gustaría volver al viejo y buen Derecho Penal liberal en el que era la última ratio y era de intervención mínima. En principio asustan y me causan cierta alarma, pero no podría decir si son constitucionales o no.
Pretenden penalizar suponiendo que va a cometerse un delito pero antes de que se produzca. ¿Cómo se legisla eso?
No es fácil, pero en los últimos tiempos tenemos ejemplos de un Código Penal en el que se han introducido tipos delictivos que salen bastante de las pautas de la ortodoxia propia del Derecho Penal como, por ejemplo, la legislación antiterrorista o la delincuencia vinculada a tramas o bandas. En este caso también parece que se va por esa vía.
¿Pretende el Gobierno español prepararse para una conflictividad social en aumento debido a la crisis?
En parte puede que sí, pero no del todo. El Gobierno empieza queriendo agradar a algunas llamadas que existen en la sociedad, aunque algunas sean populistas, como la pretensión de modificar la legislación de menores que obedece a casos concretos, sin haber sido siquiera reflexionado, o los intentos de controlar las respuestas sociales ante la crisis como el 15-M bajo la creencia de que se puede atajar desde el punto de vista del orden público. Las cosas no deberían ir por ese camino, sino que hay que propiciar medidas económicas y sociales. Y cuando estamos hablando de cuestiones relacionadas con el orden público o la seguridad ciudadana, hay otras medidas vinculadas a las medidas sociales que son previas al Código Penal.
¿Han limitado la cadena perpetua revisable a los miembros de ETA y los yihadistas?
No tiene mucho sentido, porque no se puede copiar lo que hay en los ordenamientos jurídicos de los países del entorno. Cada país tiene su propia Constitución y nosotros tenemos que anclarnos en la Carta Magna española, que tiene sus preceptos en relación con las penas privativas de libertad, en la obligación del legislador de dar siempre al ciudadano la posibilidad de reinsertarse. Ahí encaja mal la cadena perpetua revisable. Pero incluso hablando de nuestras obligaciones internacionales, creo que hay instrumentos internacionales suscritos por España que nos colocarían en una situación problemática. La cadena perpetua revisable se establece con una música de fondo peor de la que ya tenemos. Habrá que verlo escrito pero me parece que tiene un dudoso encaje constitucional en el Derecho español.
¿Caben las medidas de gracia con los presos de ETA, tipo amnistía o indulto?
Las medidas globales están absolutamente poscritas, esto es, tienen que aplicarse medidas individuales y en cualquier caso debe respetarse el ordenamiento jurídico vigente. Esto permite determinadas respuestas del Gobierno que están a su vez condicionadas a determinadas actitudes del preso. La posibilidad de acceder o progresar de grado penitenciario está vinculada a determinadas conductas. En modo alguno caben ni amnistías ni medidas globales de perdón.
¿El Gobierno español debería plantearse cambios en su política penitenciaria?
No me corresponde como vocal del CGPJ dar consejos al Gobierno español. De todas formas, creo que con los instrumentos vigentes hay muchas posibilidades que debieran explorarse y debieran ponerse en práctica. Algunas se están poniendo, como la vía Nanclares o la última medida del Gobierno por la cual los reclusos de ETA no deberán pedir perdón, pero insisto en que todo esto exige otras actitudes de quienes cumplen la condena.
¿Pero le parece necesaria la petición de perdón?
El ordenamiento vigente contempla vías que pudieran permitir que determinados presos puedan salir y sobre todo que se les pueda ir acercando. La petición de perdón no sé hasta qué punto, el reconocimiento del daño causado es una exigencia mínima que ha de darse y, por último, hay que tener en cuenta a las víctimas de ETA, que existen y siguen estando ahí.
Con la nueva formulación del Gobierno español, el gran escollo va a ser desvincularse claramente de ETA.
Eso es lo que me parece importante. Si uno quiere involucrarse en una dinámica distinta también tendrá que dar algún paso en algún sentido. No se podrán pedir algunas renuncias, pero sí desvincularse a la organización a la que pertenecía.
¿Arnaldo Otegi debe seguir en la cárcel?
A la vista de los elementos del juicio de Bateragune pienso que no hay motivo para la condena, pero eso lo debe decir el Tribunal Supremo. A título personal me gustaría que hubiera una resolución que permitiera que quedara en libertad.
¿Sortu debe ser un partido legal?
Para mí sí, pero lo decidirá el Tribunal Supremo. Vista la sentencia sobre Bildu, visto que han sido posibles procesos absolutamente democráticos en los que han participado en las elecciones y que gobiernan tanto en Gipuzkoa como en Donostia, creo que debiera ser posible su presencia como opción política de la izquierda abertzale.
Ahora que ETA ha decretado el cese de su violencia, que no su disolución, ¿tiene sentido mantener la Audiencia Nacional?
Creo que sí, y más que antes. Yo fui una de las voces críticas cuando se creó la Audiencia Nacional como una sustitución del Tribunal de Orden Público. El paso del tiempo ha hecho que este tribunal no haya sido solo un órgano especializado en ETA sino en todo tipo de delincuencia organizada, así como de la delincuencia informática y financiera. Hay que valorar este tribunal en la medida en que sirve para ver todo lo que tiene que ver con delincuencia organizada, un campo muy complejo que rebasa fronteras, que haría imposible la persecución si se tratara de un tribunal provincial. Entre el Tribunal Supremo y las audiencias territoriales hay un espacio para la Audiencia Nacional. Lo pienso así incluso saliéndome a veces del pensamiento generalizado del partido en el que milito.
¿Los miembros del CGPJ tienen que ser elegidos como ahora por los partidos políticos o por los propios jueces?
No son elegidos por los partidos sino por el Congreso de los Diputados. Es un matiz bien distinto. El Congreso representa la soberanía popular en el conjunto del Estado y me parece bien que pase por ahí la elección. La Constitución exige que ocho de los miembros sean elegidos por las Cortes, cuatro por el Congreso y cuatro por el Senado. Lo único que se ha modificado es que los doce de extracción judicial en lugar de ser solo propuestos por sus asociaciones judiciales también tuviesen ese paso por las Cortes. Me parece que es un valor añadido y por eso abogo por que los veinte miembros pudiesen ser refrendados por el Congreso.
¿Qué papel deben jugar los jueces en los casos de desahucio?
Los jueces y las juezas tienen que aplicar el ordenamiento jurídico y hay que dotarles de instrumentos que permitan flexibilizar ciertas soluciones muy drásticas en este momento y a la vez avanzar líneas de mediación y ayuda a las personas involucradas como la que ha puesto en marcha el Gobierno vasco junto con el Superior de Justicia vasco. Los jueces y las juezas están muy atados por el ordenamiento jurídico a aplicar. Y lo tienen que aplicar en un contexto económico que no es beneficioso para los desfavorecidos.
¿No es peligroso derivar asuntos a notarios y registradores?
Con todo los respetos hacia estos dos colectivos, el hecho de que estén atravesando una situación complicada porque ha desaparecido la obra pública y la situación de crisis económica no justifica una iniciativa de este tipo. La tutela de los derechos y garantías de los ciudadanos no debe recaer en una notaría o en el registro. La garantía del más desfavorecido tiene que tener una salida en otros campos, para garantizar la igualdad de todos los ciudadanos y que no le suponga un costo excesivo. No veo que en determinados casos de ruptura familiar se vaya a un notario, porque hay unos intereses a proteger que son muy distintos de los que esta profesión puede tutelar.