MADRID. El auto, según la nota, reconoce la potestad para ello del Ejecutivo, ejercida en el ámbito de la actividad parlamentaria, "que en modo alguno constituye un acto susceptible de control en vía jurisdiccional contencioso administrativa".
Además, informa de que la Sala achaca a los recurrentes "que confunden o pretenden confundir, voluntaria o involuntariamente, el acuerdo de la Mesa de la Cámara con el escrito en que el Secretario de Estado de Asuntos Constitucionales y Parlamentarios da traslado a aquella de la disconformidad del Gobierno".
El ministro de la Presidencia, Ramón Jáuregui, subrayó que, con esta decisión del Supremo, "las quejas y acusaciones que recibió el Gobierno quedan deslegitimadas y carentes de razón".