La responsable de la Oficina de la Infancia y la Adolescencia del Ararteko, Elena Ayarza, ha subrayado la importancia de garantizar que las personas que están en contacto con los menores de edad que asisten a campamentos o actividades de ocio y tiempo libre sean las "adecuadas" y posean una buena formación, aunque ha rechazado pronunciarse sobre los presuntos abusos sexuales a menores en las colonias de Bernedo (Álava) por tratarse de un asunto que está siendo objeto de una investigación judicial.

Ayarza ha comparecido este martes ante la Comisión de Bienestar, Juventud y Reto Demográfico del Parlamento Vasco para plantear sus aportaciones a la reforma de la Ley de Juventud que tramita la Cámara autonómica.

El Parlamento Vasco aprobó el pasado 26 de marzo la toma en consideración de la reforma de la Ley de Juventud propuesta por el PNV y el PSE-EE con el fin de reforzar la protección de los menores de edad en las actividades de ocio y tiempo libre, una iniciativa registrada tras los presuntos delitos contra la libertad sexual cometidos en las colonias de Bernedo (Álava), caso que está siendo objeto de una investigación judicial.

Elena Ayarza ha valorado la reforma de la ley como un elemento que puede contribuir a mejorar la protección de los menores de edad en las actividades de ocio y tiempo libre.

En su intervención, la responsable de la Oficina de la Infancia y la Adolescencia ha rechazado pronunciarse sobre el conocido como 'caso Bernedo', dado que está siendo objeto de una investigación judicial.

En todo caso, ha afirmado que la eficacia de la reforma legal que ahora se debate en el Parlamento dependerá en buena parte de la formación y el control de las personas que trabajen en las actividades de ocio dirigidas a jóvenes, así como de los recursos destinados a dicha formación y control.

Ayarza ha subrayado la importancia de "comprobar" que las personas que están en contacto con los menores que asisten a campamentos o a actividades de ocio son las "adecuadas", algo para lo que ha subrayado que es esencial la figura del delegado de protección.

Asimismo, ha destacado la relevancia de que quienes vayan a permanecer en contacto con los menores carezcan de antecedentes por delitos de naturaleza sexual, y de disponer de protocolos para responder ante situaciones que afecten a los derechos de los niños y adolescentes.

REQUISITOS

La reforma de la Ley de Juventud establece que la entidad responsable de la actividad en la que participen personas menores de edad deberá realizar previamente a su inicio una declaración responsable ante la diputación foral correspondiente al territorio histórico en el que se vaya a realizar la actividad o ante el departamento competente en materia de juventud del Gobierno Vasco, en el supuesto de que se realice en más de un territorio histórico.

Además, tendrá que establecerse reglamentariamente cuándo es necesario realizar la declaración, su contenido y su forma de presentación. En el supuesto de acampar al aire libre, se deberá contar con el informe favorable del ayuntamiento o junta administrativa sobre las condiciones del lugar y con la autorización de la persona o entidad propietaria del terreno.

Por otra parte, en las actividades de tiempo libre, se tendrá que aportar el certificado negativo de delitos de naturaleza sexual del personal que tenga contacto con personas menores de edad, que deberá renovarse anualmente.

La propuesta también establece un apartado que define las infracciones en función de su relevancia. En el caso de las infracciones graves, se consideran como tales los casos en los que en actividades de tiempo libre infantil y juvenil se permita la participación de personas menores de edad no emancipadas que no estén acompañadas de alguna persona que tenga su patria potestad o tutela sin contar con la autorización expresa y escrita de la persona que tenga dicha patria potestad o tutela.