El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJCyL) ha archivado la querella interpuesta por las exmonjas de Belorado contra la jueza de Briviesca, a la que acusaban de prevaricación e intento de secuestro de las monjas de mayor edad, después de que el pasado mes de agosto ya rechazara una denuncia en el mismo sentido.
La Sala de los Civil y Penal del TSJCyL, en un auto remitido a los medios este lunes, no aprecia prevaricación ni irregularidades en las decisiones tomadas por la jueza, quien autorizó a finales de julio medidas cautelares para la salida de las monjas ancianas -no excomulgadas dentro del enfrentamiento abierto con el Arzobispado- del monasterio de Belorado.
Presunto intento de secuestro
Los hechos a los que se refiere la denuncia ocurrieron el pasado 1 de agosto cuando una comisión judicial, compuesta por Guardia Civil, miembros de la Federación de Clarisas y del Arzobispado de Burgos, intentó trasladar a otro monasterio de la Federación de Clarisas a las monjas ancianas de Belorado, a las que sus compañeras habían llevado días antes al monasterio de Orduña (Bizkaia).
La defensa de las exmonjas de Belorado, en nombre de cuatro de las cinco mayores, denunció lo ocurrido, pero el TSJCyL archivó en agosto dicha denuncia, por no existir querella contra los supuestos autores del delito, que tampoco estaban definidos en la misma.
Ahora, la Sala de lo Civil y Penal desestima la querella presentada posteriormente y la archiva sin atender tampoco a las peticiones realizadas de paralizar lo que las exmonjas consideran una salida forzada de las mayores y de suspender a la jueza de Briviesca.
Si bien el auto reconoce que algunas de las decisiones procedimentales o de fondo adoptadas por la jueza querellada "pudieran ser discutibles o irregulares jurídicamente", no pueden tacharse "en modo alguno" de prevaricadoras en el sentido que exige el tipo penal imputado en la querella.
En cuanto al resto de los delitos denunciados -detención ilegal, falsedad de documento público, impedimento del ejercicio de derechos constitucionales-, "aun es más clara la improcedencia de su consideración", según el auto.
Insiste en que no se han violado derechos cívicos o constitucionales; tampoco se acredita falsedad documental y, según el auto, "resulta sencillamente estrambótico" el intento de calificar de detención ilegal medidas judiciales de protección de personas discapacitadas. Contra el auto del TSJ cabe recurso de súplica.
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