a solicitud para la valoración de la dependencia es un requisito que consiste en clasificar el grado de la situación de la dependencia de una persona y en determinar los servicios y prestaciones que le corresponden en función de un baremo: el baremo para la valoración de la dependencia (BVD). Está regulada en la Ley 36/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la autonomía personal y atención a las personas en situación de dependencia. En el contexto actual de pandemia motivada por la COVID-19, la baremación de la situación de dependencia es un primer paso para otorgar a una persona dependiente el recurso social que mejor se adapta a su necesidad, asegurando sus cuidados básicos y por ende, una mejor calidad de vida.
Se consideran personas dependientes, de carácter generalmente permanente, aquellas que por razones derivadas de una situación clínica discapacitante, presentan pérdida de autonomía funcional (actividades básicas de la vida diaria, tales como la higiene y la alimentación, o la capacidad de deambulación), cognitiva (dificultad para la toma de decisiones), intelectual o sensorial (limitación visual).
Para acceder a la solicitud de ayudas a la Dependencia, se deberá contactar con los servicios sociales de base de su área de referencia (municipio o mancomunidad) solicitando cita previa, en donde un profesional del Trabajo Social le informará y orientará sobre el procedimiento a seguir, y la documentación que usted necesita para su tramitación.
- Fotocopia del DNI.
- Certificado de empadronamiento de la persona a valorar (individual o colectivo).
- Fotocopia de la Tarjeta Individual Sanitaria.
- Fotocopia del DNI de la persona de referencia que ostente la representación voluntaria o legal.
- Modelo de representación voluntaria/declaración de guardador de hecho o tutor legal (en casos con sentencia de incapacitación legal).
- Informe médico conforme al Modelo del Decreto Foral.
- Ficha para la domiciliación bancaria.
Tras la admisión del expediente por parte del Servicio de Valoración y Orientación de la Dependencia (Diputación Foral de Bizkaia), se establecerá contacto telefónico por parte del equipo valorador (medicina y trabajo social), quien concertará una cita (presencial si la situación epidemiológica lo permite) y efectuará la evaluación de su situación de dependencia. En este proceso, el equipo valorador llevará a cabo el reconocimiento de la persona a través de las escalas o pruebas que estimen oportunas, con las medidas de seguridad que en la actualidad operan.
Tras la evaluación de la situación de dependencia de acuerdo con la baremación en grados, el equipo valorador orientará hacia el recurso/prestación más adecuado para la persona valorada cumplimentando el Programa Individual de Atención (PIA). Éste será notificado por correspondencia junto con el grado de dependencia reconocido.
- Sin Grado Reconocible (0 a 24 puntos).
- Grado I. Dependencia moderada (25 a 49 puntos).
- Grado II. Dependencia severa (50 a 74 puntos).
- Grado III. Gran Dependencia (75 a 100 puntos).
- Residencias para personas con dependencia; con carácter permanente o temporal.
- Centros de atención diurna: atiende durante el día las necesidades básicas, terapéuticas y sociales de la persona dependiente.
- Prestación económica vinculada al Servicio Foral Residencial para: ayuda económica para la cobertura del pago de una plaza privada en una residencia (no compatible con viviendas comunitarias) para personas que se encuentren a la espera de la concesión de una plaza residencial pública. Actualmente, se contempla la concesión temporal de esta prestación para el ingreso en una residencia, o centros de atención diurna de personas dependientes perceptoras de prestación económica por cuidados en el entorno familiar, orientada al descanso de su cuidador principal.
- Otras prestaciones económicas: para cuidados en el entorno familiar (compatible con centros de atención diurna), asistencia personal, asistencia sanitaria, prestación farmacéutica y otras.
- Teleasistencia: servicio de ayuda inmediata (medallón/pulsera) que pone en marcha un plan de acción inmediato ante cualquier emergencia en el domicilio.
- Servicio de ayuda a domicilio (SAD): gestión dependiente del ámbito municipal, destinado a la permanencia en el domicilio recibiendo ayuda para las tareas de atención y mantenimiento del hogar (lavado de ropa, elaboración de comidas, limpieza) y para las tareas de atención personal (aseo y vestido).