El teletrabajo será voluntario, reversible y la empresa compensará gastos
NO PODRÁ USARSE LA FALTA DE ADAPTACIÓN A ESTE MODELO COMO CAUSA DE DESPIDO OBJETIVO
El Consejo de Ministros ha aprobado este martes la norma que regirá el teletrabajo en el Estado tras el acuerdo logrado anoche con patronal y sindicatos.
Según ha señalado la portavoz del Gobierno español, María Jesús Montero, la norma está a "la vanguardia" de reglamentos sobre este tema y es un ejemplo más de la importancia del diálogo social.
La norma establece la necesidad de firmar un acuerdo con el empleado que vaya a trabajar a distancia más del 30 % de la jornada semanal durante un periodo de tres meses y la obligación del empresario de pagar los gastos en los que pueda incurrir.
El trabajo a distancia será voluntario y reversible tanto para la persona trabajadora como para la empresa, y no supondrá un menoscabo en los derechos de quienes lo realicen respecto al resto de trabajadores en condiciones como la retribución, la estabilidad en el empleo, el tiempo de trabajo, la formación y la promoción profesional.
En cuanto a los plazos, las empresas deberán recoger la ley en un convenio o acuerdo colectivo en un plazo de un año desde su publicación en el BOE o en un máximo de tres años, en caso de así acordarlo con los representantes de los trabajadores.
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