Bilbao - La Audiencia de Bizkaia ha condenado a 11 años de prisión a un exprofesor del colegio vizcaíno Gaztelueta, de la obra corporativa del Opus Dei, como autor de un delito continuado de abuso sexual a uno de sus alumnos, cuando éste tenía 12 y 13 años, y da total credibilidad al relato de la víctima, quien fue recordado los hechos de manera progresiva.La sentencia de la sección primera del tribunal vizcaíno, hecha pública ayer, recoge además la inhabilitación absoluta del docente durante el tiempo de condena y la prohibición de acercarse a la víctima durante 15 años, al tiempo que impone el pago de las costas al condenado.
La acusación particular solicitaba una condena de 10 años, con una pena alternativa de 14 años si se estimaban los agravantes de abuso de superioridad y confianza por parte del acusado, mientras el fiscal pedía tres años de prisión y la defensa del profesor su libre absolución.
El relato de los hechos considerados probados por el tribunal recoge que entre los cursos 2008-2009 y 2009-2010 el ex profesor citaba al niño en su despacho para celebrar preceptorías o tutorías, habituales en ese centro para analizar la evolución académica, personal y espiritual del alumnado.
El condenado incrementó “la frecuencia y duración” de esas entrevistas hasta sacarle de clase dos veces por semana durante unos 50 minutos, en los que “siendo plenamente consciente de la autoridad que como preceptor tenía sobre el alumno, y valiéndose de esa influencia y del escaso conocimiento que en materia sexual contaba” el niño, que cursaba segundo de la ESO, abusó de él.
En concreto, se relatan cinco episodios que evidencian una gradación de esos abusos. En una primera vez, el profesor “con ánimo libidinoso” sentó al niño en sus rodillas y éste notó el pene del condenado en erección; otra le conminó a quitarse la camisa y le realizó tocamientos por el cuerpo, y una tercera en que esos tocamientos se extienden hasta los genitales del chico.
También ha considerado acreditados un episodio en que el profesor exhibió fotos de mujeres en ropa interior y obligó al menor a masturbarse, y uno en que, “con idéntico propósito de atentar contra su indemnidad sexual”, le obligó a bajarse los pantalones y a introducirse bolígrafos por el ano.
Los compañeros de clase se burlaban de la víctima por la cantidad de veces que se reunía con su preceptor. La víctima sufrió estrés postraumático por esos abusos y ha necesitado desde entonces hasta la actualidad tratamiento psiquiátrico, si bien evoluciona favorablemente, constata el tribunal.
El joven relató los dos episodios más graves tras años de terapia, por lo que se puso en duda su verosimilitud en el juicio.
“Vivencias traumáticas” “Podemos entender las reticencias del fiscal y mas aún de la defensa, pero desde luego a este tribunal no le produce extrañeza la demora de la narración de la totalidad de los hechos porque los ha contado cuando la psicoterapia empleada le ha ido permitiendo afrontarlos porque se trata de vivencias traumáticas de gran impacto emocional y con una repercusión patológica innegable y grave”, argumenta la sentencia.
El tribunal ha atendido a las argumentaciones de la letrada de la acusación particular, quien, sobre las conclusiones de los peritos forenses y de los médicos que han tratado al joven que avalaron la veracidad del relato del querellante, ha sostenido que la víctima, como otras de delitos sexuales, ha necesitado tiempo hasta lograr exteriorizar la experiencia traumática que padeció.
El relato se ha mantenido en el tiempo en lo fundamental de los hechos, “con total coherencia y persistencia”, y la víctima solo ha presentado contradicciones y dudas sobre elementos menores y accesorios, afirma la Sala.
La Audiencia de Bizkaia reflexiona sobre lo difícil que ha tenido que resultar para la víctima, sin conocimientos ni experiencia sexual previa, en el entorno de un colegio religioso, someterse a la autoridad que representaba su preceptor.
“Si ya padecía una confusión mental ante el hecho de haberse masturbado en presencia de un varón, quién, además de hombre era su profesor y guía espiritual”, en esa situación el niño solo pudo someterse y ejecutar las órdenes del docente sobre su propio cuerpo, sostiene la Sala.
Investigación sin rigor Asimismo critica la investigación realizada por el colegio del Opus Dei tras la denuncia de acoso escolar, que no fue, a su entender, “ni rigurosa, si seria ni trasmite mínimos componentes de certidumbre”. El centro reconoce que el niño sufrió ciberacoso pero cuando ya había abandonado el colegio, puesto que así lo asumieron varios de sus compañeros pero rechaza que se produjera un acoso real en sus aulas y no asume su responsabilidad en estos hechos.
Para el tribunal, resulta “incuestionable” que el incremento de las preceptuaciones resultó “un factor coadyudante” de esas burlas y del acoso escolar que sufrió la víctima.
La Sala valora también la actitud de los padres, frente al argumento de la defensa del profesor de que presionaron o influenciaron al joven para relatar los abusos. “No consideramos que hubiera una presión espuria”, sino “tan solo el lógico deseo de que se haga Justicia”, han concluido los magistrados.
La familia de la víctima valora que se haya hecho justicia y transmitió a otras víctimas de ese tipo de delitos que merece la pena acudir a los tribunales y luchar para obtener una sentencia condenatoria. La abogada de la familia, Leticia de la Hoz, adelantó que va a solicitar el ingreso inmediato en prisión del condenado.
Por su parte, el colegio Gaztelueta señaló en un comunicado sentirse “muy afectado” por la sentencia aunque “acata” el fallo “como no puede ser de otra forma”. - Efe