Bilbao - Ana Palacio, abogada especialista en Penal y miembro de la Junta de Gobierno del Colegio de la Abogacía de Bizkaia, pide que “nadie juzgue la sentencia sin leerla, porque sería como opinar sobre un libro habiendo leído únicamente las dos últimas páginas”. Ayer, inmersa en las ponencias del Congreso de la Abogacía, la letrada solo había podido hacer una lectura “en diagonal”, pero opinaba que “es técnicamente correcta”.

¿Qué le parece la sentencia?

-A mí personalmente me parece que técnicamente es correcta, no es arbitraria, creo que está bien razonada, aunque sí que tiene puntos jurídicos que son discutibles y, por lo tanto, permitirían un recurso para ver si cabría una calificación más severa de la que ha hecho la Sala.

¿Qué puntos son discutibles?

-Creo que el punto de fricción está en el tema de la intimidación. En la sentencia se dice que el delito no es de agresión sexual o violación, porque según la Sala no se ha realizado con violencia y tampoco hay intimidación suficiente para considerarlo una violación. Se dice que efectivamente ha habido un abuso de superioridad, una coacción. Técnicamente está bien razonado, pero jurídicamente me parece discutible que esa intimidación que la Sala no considera suficiente como para una agresión sexual, otro tribunal pueda decir que a su juicio sí lo es.

¿Hay un margen de interpretación en la gravedad de la intimidación?

-La diferencia entre agresión sexual y abuso es que aunque en ambos delitos se imponen a una persona relaciones sexuales no consentidas, en la agresión sexual o violación se exige que el delito se realice con violencia, con una fuerza física a base golpes, patadas, empujones, o con intimidación, como la amenaza de causar un mal grave. En este caso la Sala dice que no hay violencia y que no hay una intimidación suficiente, sino más bien el aprovechamiento de una situación de superioridad. Esa es la diferencia.

¿Y la pena de 9 años le parece adecuada?

-Dentro de lo que es el abuso sexual la pena se ha impuesto casi en su grado máximo, porque la pena para el abuso sexual grave, como es en este caso, oscilaría entre 4 y 10 años y han impuesto 9, es decir, que el tribunal se ha movido en los límites máximos.

La sentencia ha sido muy mal recibida.

-Como persona y como madre entiendo que no hay pena en el mundo que castigue suficientemente cualquier cosa que le hagan a mi hija. Otra cosa es que nos pongamos a criticar el trabajo de los jueces desde las entrañas, eso es algo que no podemos hacer porque entonces nada nos parecería suficiente, no habría código penal en el mundo que castigara un delito grave, ni este, ni ninguno. Tenemos que intentar valorar la sentencia desde el punto de vista técnico y desde ese punto de vista no puedo decir que los jueces lo hayan hecho mal.

Hay quien considera que esta sentencia es mala para la lucha contra la violencia sexista.

-No podemos generalizar y decir que hay que conseguir sentencias que den la razón a una parte o a otra, eso no es hacer justicia. Hacer justicia es aplicar la ley al caso concreto y es lo que han hecho los jueces.