Madrid - El Gobierno español está preparando un real decreto para regular las condiciones de acceso a la Formación Profesional, de forma que haya un “mínimo común denominador” a nivel estatal, y que introduce una vía para que jóvenes y adultos que no superaron en su día el nivel mínimo de educación reglada para acceder a estudios de FP puedan hacerlo si cumplen con las condiciones que establecerá dicho decreto, todavía en fase de borrador.
“Posibilita a quienes hubieran abandonado prematuramente el sistema educativo por diferentes motivos, o estén desempleados, o trabajando, el acceso y cursar con aprovechamiento las enseñanzas de Formación Profesional a pesar de no poseer las titulaciones de acceso exigidas con carecer general”, se indica en el texto.
En todo caso, desde el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte subrayan que se trata de “un borrador” y que, por lo tanto, está sujeto todavía a posibles modificaciones. El texto ya ha recibido el dictamen del Consejo Escolar del Estado y está pendiente de una respuesta por parte del Consejo de Estado, aunque su aplicación, en caso de aprobarse finalmente, no tendría lugar hasta el curso 2018-2019.
Según se indica en el documento la finalidad de la nueva norma será, por un lado, contribuir al objetivo de reducir a menos del 10% el abandono escolar y elevar la tasa de titulados superiores a, al menos, el 40%, tal como reclama la UE. En este sentido, contempla una forma extraordinario de acceso a los cursos de FP Básica y que esta pueda ofertarse si existe disponibilidad de plazas con el fin de completar los grupos de la oferta obligatoria de este nivel de formación y solamente “en tanto no se cumpla el objetivo europeo de abandono escolar temprano”, según se señala en una disposición transitoria.
Así, entre las novedades del decreto figuraría la excepción que permitiría acceder a FP Básica de forma “excepcional” a “quienes hubieran cursado segundo curso de la Educación Secundaria Obligatoria, no estén en condiciones de promocionar a tercero, y hayan repetido al menos una vez en la etapa de Educación Secundaria Obligatoria”. Además, en el caso de personas adultas que desean acceder a ciclos formativos de FP Básica -cuyas plazas son de oferta voluntaria para las administraciones educativas- se exigirá tener cumplidos los 18 años y no estar en posesión del título de ESO o titulaciones superiores.
Tablas de convalidaciones Además, respecto de las pruebas de acceso a los tres niveles de FP (Básica, Grado Medio y Grado Superior), el segundo objetivo del borrador de real decreto consiste en establecer un “marco básico” y “criterios uniformes” para las administraciones educativas de cada comunidad autónoma, responsables de diseñar las pruebas de acceso a FP, de manera que haya un “mínimo común denominador” en todas ellas, dado que su validez debe ser reconocida en todo el territorio nacional.
De hecho, los anexos del borrador de Real Decreto incluyen sendas tablas de convalidaciones y exenciones para las pruebas de acceso regulares a FP de grado medio y grado superior, así como para las de los ámbitos de mayor nivel académico de las enseñanzas de la ESO para personas adultas, de los módulos de los Programas de Cualificación Profesional Inicial, y de Bloques comunes de los ciclos de Formación Profesional Básica. En cuanto al dictamen del Consejo Escolar del Estado sobre el texto -cuya aportación no es vinculante de cara a la redacción definitiva del texto- se recogen un total de 19 observaciones entre las que se propone la inclusión de determinadas fórmulas para garantizar la igualdad en el acceso a FP de los estudiantes. - E.P.