Gasteiz - El Gobierno Vasco ha iniciado los trabajos para actualizar la normativa sobre la Inspección Técnica de Edificios (ITE), un examen al que se han de someter alrededor de 73.000 inmuebles con más de 50 años de antigüedad. El Departamento de Vivienda trabaja en la elaboración de un proyecto de decreto por el que se regulará la ITE y el registro de las inspecciones que se realicen a los inmuebles, según informaban ayer fuentes del Ejecutivo.

El objetivo del decreto es actualizar y refundir las disposiciones existentes sobre la ITE, adaptándolas a las nuevas exigencias en materia residencial y a los contenidos de la Ley de Vivienda aprobada en 2015 por el Parlamento vasco. Este será el segundo desarrollo normativo de esta ley, tras el decreto por el que se creó el Depósito de Fianzas y del Registro de Contratos de Arrendamiento de Fincas Urbanas. La próxima norma que se aprobará es el decreto de acceso al derecho subjetivo a una vivienda digna, que también está en proceso de elaboración y se aprobará antes de que finalice el año, según los cálculos que maneja el Departamento dirigido por Iñaki Arriola.

El objeto del decreto sobre la Inspección Técnica de Edificios es establecer los criterios y requisitos que debe cumplir la inspección técnica de inmuebles de uso predominantemente residencial. La norma determinará el alcance de la inspección técnica de la edificación en el ámbito de Euskadi; las personas físicas o jurídicas obligadas a pasar la ITE; los técnicos y entidades habilitadas para realizarla; los informes que configuran la inspección y los procedimientos y plazos para su realización; las consecuencias derivadas del incumplimiento, y el Registro de inspecciones técnicas de los edificios. “La Ley de Vivienda concede una gran importancia a la Inspección Técnica de Edificios como herramienta para conservar en condiciones adecuadas el parque residencial e impulsar la rehabilitación de edificios y regeneración de áreas urbanas”, apostillaban fuentes del Departamento de Vivienda.

Más del 70% del parque edificado existente en el conjunto de la Comunidad Autónoma Vasca (CAV) cuenta con una antigüedad superior a los 30 años, con edificios anteriores a la primera normativa térmica publicada, por lo que estos inmuebles no cumplen los requisitos de eficiencia energética “deseables” en la actualidad, según expresaban desde el Gobierno Vasco.

En los tres Territorios Históricos hay 163.642 edificios, de los que el 43% está construido antes de 1961. Entre estos últimos, alrededor de 70.000 tienen más de 50 años de antigüedad, por lo que están obligados a presentar la ITE correspondiente antes de junio de 2018. En 2020, se prevé que 89.000 edificios deban someterse a este examen.

La ley establece que la adecuación de los edificios de uso predominantemente residencial a las exigencias que en cada momento se exijan, tanto en términos de habitabilidad y seguridad como de accesibilidad, debe acreditarse mediante inspecciones técnicas realizadas por personal competente. Y en su artículo 52 se remiten a un futuro reglamento los plazos y demás condiciones en los que deberá llevarse a cabo la Inspección Técnica de Edificios. Como muestra de la relevancia que la norma le otorga, se califica como infracción muy grave no acometer las medidas y actuaciones de reparación o rehabilitación derivadas de los informes de inspección técnica de los edificios, en los plazos que se señalen, cuando estas tengan carácter de inmediato o muy urgente.

La Disposición Derogatoria Segunda de la Ley de Vivienda anula expresamente el artículo 200 de la Ley de Suelo y Urbanismo del País Vasco, que instituyó la Inspección Técnica de Edificios denominándola “inspección periódica de construcciones y edificaciones” y estableció la obligación de los propietarios de toda construcción catalogada, así como de las edificaciones de uso residencial con una antigüedad superior a los 50 años, de encomendar a personal técnico facultativo la realización cada diez años de una inspección dirigida a determinar su estado de conservación.

Contenido Del mismo modo, el proyecto de decreto derogará la regulación anterior recogida en el decreto de 2012, que desarrolló la aplicación de las Inspecciones Técnicas de Edificios en Euskadi, creando la figura del personal inspector y fijando el contenido y procedimiento de la inspección, sus efectos, las obligaciones derivadas para la propiedad de los inmuebles y las atribuciones de las entidades locales para su cumplimiento. Esta normativa ha sufrido distintas modificaciones en los últimos años, tanto en el calendario de realización de las ITE por parte de las administraciones locales, como en la incorporación de nuevos contenidos: por ejemplo, la necesidad de evaluar la accesibilidad general del edificio y la información relativa al certificado de eficiencia energética del edificio. Todos estos aspectos, apostillaban desde el Departamento de Vivienda, quedarán actualizados y refundidos en el nuevo decreto, que además de dar audiencia a los distintos agentes afectados, será sometido a un proceso de participación ciudadana abierto.

Tal y como ya ha explicado en ocasiones anteriores el consejero Arriola, las Inspecciones Técnicas de Edificios son un instrumento clave para impulsar las políticas de rehabilitación urbana en Euskadi. Incorporan una triple visión en sus dictámenes “al asociar e integrar el adecuado mantenimiento y conservación de los edificios con la eficiencia energética y la accesibilidad de los mismos”. Y es que, según ilustraba en una reciente comparecencia en el Parlamento Vasco, la rehabilitación es un de las vertientes estratégicas de la Ley de Vivienda en tanto en cuanto, la Comunidad Autónoma Vasca cuenta con el parque más antiguo de edificios de toda la Europa del sur, “con los problemas imaginables de conservación, accesibilidad y eficiencia energética”.

“Tenemos en nuestras ciudades y pueblos -recordaba el consejero- un parque edificado de los más antiguos de Europa y con unas condiciones de accesibilidad y estado de conservación comprometidos, que son los que sirven de alojamiento a una población con una tasa de envejecimiento de las más elevadas y una tasa de natalidad de las más reducidas de Europa”. - DNA

¿Qué es? Es la realización por un técnico de un informe y dictamen, a partir de una inspección visual, que indica el estado de conservación de los edificios.

¿Quién? Deben presentar Inspección Técnica de Edificios los propietarios de inmuebles de uso predominantemente residencial con una antigüedad superior a los 50 años. Y también los de las edificaciones que soliciten ayudas públicas.

¿Cuándo? Los edificios que a 27 de junio de 2017 tengan más de 50 años deberán presentar la ITE antes de junio de 2018. A partir de ahí, cuando un edificio cumpla 50 años dispondrá de 12 meses para presentar la Inspección Técnica de Edificios.