Vitoria. Ni tres recursos ni los atemperados consejos del Síndico han logrado hacer recapacitar al Ayuntamiento de Vitoria, que insiste en reclamar a una ciudadana el pago de una multa de tráfico impuesta por un agente de la Ertzaintza dentro del casco urbano de la capital alavesa, donde ese cuerpo policial carece por completo de competencias en materia de tráfico. La denuncia interpuesta por el ertzaina puede calificarse, en todo, caso como voluntaria, es decir, equivalente a la que cualquier ciudadano anónimo podría tramitar. La única vía para que esa denuncia voluntaria adquiriera rango de oficialidad es que hubiera sido comunicada verbalmente a un agente de la Policía Local, único cuerpo encargado de estos menesteres, o remitida por escrito al Consistorio, aunque en este caso en particular, el agente de la Policía autonómica no hizo ninguna de estas dos cosas.

La última notificación girada por el Ayuntamiento de Vitoria a esta residente en el municipio el pasado 24 de junio le apremia a pagar 112 euros. 92 de ellos corresponden al concepto de "multas/denuncias de Policía Local" y otros 18,40 por recargos. Lo malo es que, según atestigua la oficina del propio Defensor Vecinal, la multa no la impuso ningún agente local ni fue comunicada a ninguna autoridad municipal, con lo que, con la Ley en la mano, carece por completo de validez. Tampoco se aportó ningún elemento probatorio que acreditara que el hecho denunciado era cierto.

Los hechos denunciados por el ertzaina, y hasta tres veces recurridos por la vecina, tuvieron lugar el 28 de diciembre de 2009. A pesar de la fecha y de los hechos que se produjeron con posterioridad, no se trató de ninguna inocentada. El agente de la Policía autonómica asegura en su denuncia haber visto el turismo de la denunciada "circulando por vía urbana sin encender el alumbrado de cruce entre el ocaso y la salida del sol". Ni se lo comunicó a la presunta infractora en el momento del incidente ni se puso en contacto con la Policía Municipal, pero la sanción prosiguió los cauces burocráticos habituales sin que el Ayuntamiento pusiera objeciones.

Nada más tener conocimiento de lo sucedido, la vecina recurrió. En su escrito señaló que, además de contener diversos errores de forma que la anularían per se, la denuncia había sido formulada por un agente policial no competente en materia de tráfico dentro de Vitoria y que ni siquiera había detenido el vehículo en el momento de cometerse la supuesta infracción para dar cuenta de lo sucedido a la conductora. De hecho, subraya que el Reglamento de Procedimiento Sancionador en Materia de Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial establece que sólo puede obviarse la notificación in situ en caso de gran densidad de tráfico, factores meteorológicos adversos, obras u otras circunstancias que conlleven riesgo. Sin embargo, la multa se impuso de madrugada, en una zona sin coches y cercana a una rotonda, con todo a favor para que el ertzaina pudiera detener el turismo y explicarle lo ocurrido.