sevilla. El juez que debía presidir el jurado popular por la muerte y violación de la joven Marta del Castillo ha ordenado que el caso pase a un tribunal profesional, a la vista de la última jurispudencia del Tribunal Supremo sobre las competencias del jurado.

El juez Javier González ha emitido un auto en el que interpreta el caso Marta a la luz de los últimos acuerdos del Tribunal Supremo sobre la finalidad perseguida por los presuntos autores del delito.

En el caso de la joven desaparecida el 24 de enero de 2009 en Sevilla, el magistrado interpreta que, del relato de hechos realizado por la Fiscalía y la acusación particular, se deduce que la finalidad principal del asesino confeso, Miguel Carcaño, y de su amigo menor de edad Javier G.M. no fue matar a Marta sino violarla. Dichos escritos de acusación recogen que los dos autores de la violación de la joven le dieron muerte con posterioridad "para impedir que pudieran ser descubiertos los hechos que acababan de llevar a cabo, esto es, las agresiones sexuales", relata el juez en un auto. Apoya este razonamiento en el hecho de que, según dichos escritos, a continuación los acusados limpiaron en el piso de la calle León XIII de Sevilla la "sangre y demás vestigios" de la víctima que "provenían no de la muerte violenta, que lo fue por asfixia, sino de las previas agresiones sexuales".

Concluye el juez que no alberga "ninguna duda acerca de cuál era el objetivo principal de los autores" y por lo tanto acuerda reconducir el caso para su enjuiciamiento ante un tribunal profesional de la Audiencia Provincial, como competente sobre los delitos contra la libertad sexual. El juez tampoco ve "datos que permitan apreciar la posibilidad de un enjuiciamiento separado" de los delitos de asesinato y violación.

Esta decisión del juez se produce cuando el caso Marta ya había llegado a la Audiencia para ser enjuiciado por un jurado, ante el cual la Fiscalía iba a pedir 52 años de cárcel para el asesino confeso por un delito de asesinato y dos de violación: la cometida por él mismo y la que realizó el menor, que será enjuiciado en el Juzgado de Menores.