Madrid. El Tribunal de Derechos Humanos de Estrasburgo falló ayer a favor de una ciudadana española a la que la Seguridad Social negaba el cobro de la pensión de viudedad por estar casada por el rito gitano que no reconoce el Código Civil y estableció un plazo de tres meses para que el Estado indemnice a la mujer con 70.000 euros en compensación por los perjuicios generados a causa de la "discriminación" a la que fue sometida.
La sentencia, emitida por seis votos a favor y uno en contra, sentará jurisprudencia y reconoce el derecho de las minorías étnicas a ser tratadas de forma diferenciada para favorecer su integración social. El Tribunal de Estrasburgo se basa en la no discriminación establecida en el artículo 14 de la Convención de Derechos Humanos para establecer que María Luisa Muñoz, conocida como la Nena, sí tiene derecho a la pensión de viudedad. En su caso, su matrimonio de más de 30 años no quedaba reconocido por partir de un enlace gitano. La mujer emprendió entonces una batalla legal por discriminación que le llevó hasta Estrasburgo. Muñoz Díaz recurrió la decisión de la Administración ante los tribunales y en 2002 logró que un juez de Madrid dictaminase que tenía derecho recibir la ayuda y el trato que le dispensaba el Estado "constituía un trato discriminatorio por razones étnicas hacia su persona".
Sin embargo, poco después, el Tribunal Superior de Justicia de Madrid anuló la decisión del primer juez al sentenciar "el estatus civil de la pareja no se ajustaba a la legislación". Posteriormente, la Nena presentó un recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional, que fue desestimado en 2007 "por considerar que la pareja había optado por no formalizar legalmente su unión, a pesar de haber tenido la libertad para hacerlo". No obstante, uno de los jueces que analizó el caso argumentó que "para garantizar la igualdad de las minorías étnicas eran necesarias medidas de discriminación positivas".
estaba dentro de la ley María Luisa Muñoz Sola, la Nena, agradeció ayer al Tribunal de los Derechos Humanos de Estrasburgo que la escuchara tras nueve años de batalla para que reconocieran la validez de su matrimonio. Tras conocer la sentencia, la Nena afirmó a varios medios de comunicación estar "contentísima, porque nos reconozcan que somos normalitos, que somos como una persona más". Además, afirmó que "queda claro que quienes me denegaron el derecho a la prestación no tenían razón y que lo que yo pedía estaba dentro de la Ley".
La mujer, nacida en 1956 en Madrid, se casó en noviembre de 1971 con M.D. por el rito gitano, comunidad a la que pertenecían ambos, y tuvieron seis hijos, que inscribieron en el libro de familia correspondiente y por el que se les reconoció en 1986 la situación de familia numerosa. M. D., albañil de profesión, falleció en 2000 tras haber cotizado a la Seguridad Social durante más de 19 años, por lo que su viuda reclamó una pensión.
En opinión del magistrado, era "desproporcionado" negarle la pensión a esta mujer, "teniendo en cuenta que su marido e hijos figuraban en un libro de familia, que previamente les habían reconocido la condición de familia numerosa y considerando que su esposo había cotizado 19 años".