- Pese al temor que ha despertado entre los colectivos de víctimas que la absolución del preso de ETA Xabier Atristain se convierta en una suerte de doctrina Parot 2.0, parece que no ocurrirá un terremoto similar al que azotó la política estatal en 2006. El Tribunal Europeo de los Derechos Humanos ha fallado en favor de Atristain al considerar que la Justicia española negó el derecho del reo a declarar bajo la supervisión de su abogado de confianza. No obstante, sus repercusiones serán menores que lo primeramente pensado, ya que los etarras condenados tendrán que defender su caso, y uno a uno, en los tribunales para beneficiarse de la recién establecida doctrina Atristain.

La sentencia del TEDH a favor de Atristain, alias Golfo, considera que se violaron sus derechos fundamentales porque fue interrogado por un policía sin la presencia de un abogado de su elección. Pese a la jurisprudencia creada, en todo caso no tendrá un efecto automático en otros miembros de ETA condenados, sino que cada uno tendrá que defender su caso ante los tribunales para poder obtener la misma respuesta. Sortu había alzado la voz, al igual que ayer lo hizo durante su décimonovena Asamblea Nacional el colectivo de allegados de los presos, Etxerat, en Durango. En el transcurso de la cita, la agrupación asegura haberse puesto manos a la obra para agilizar las posibilidades que brinda la doctrina Atristain. “Esperamos que esta medida se aplique a todos los presos que están en situación similar”, ahondaron.

Las fuentes consultadas por la agencia Efe, en todo caso, introducen un matiz importante en la cuestión. Una cosa es el cómputo de la pena y otra bien diferente las circunstancias que han rodeado el fondo del asunto. Aunque el caso de Parot abriera una importante vía de agua para la excarcelación de reos, que fue aprovechada por un buen número de ellos -ya fueran de ETA o fueran encarcelados comunes-, coinciden en señalar que no sucederá algo similar. Ven “inviable” una salida de presos masiva.

En todo caso, la posibilidad para sumarse al modelo empleado por Atristain por parte de los presos de ETA existe. Aunque no será una vía fácil. Ni corta. Primero deberán luchar por su caso, y uno a uno, ante las instancias judiciales españolas. Y después podrán trasladar su asunto a Europa, siempre después de que el Tribunal Constitucional haya tumbado definitivamente su reclamación. Asimismo, deberán agotar los caminos que les deja la justicia estatal -desde la apelación a la casación- antes de poder recalar en Estrasburgo. Será requisito indispensable. Por lo tanto, serán procesos largos y costosos, que no se dilucidarán para nada en pocos meses. Podrían tardar largos años. De la misma forma, los juristas consultados apuntan hacia otra circunstancia. Y es que serán pocos los encarcelados que entrarán en plazo para poder realizar semejante recorrido judicial.

Cada juez será responsable de dictar una decisión al respecto de las reclamaciones de los presos que sigan la vía de Atristain. Ya ha habido algunas resoluciones a favor. Esta misma semana, se ha sabido que la Audiencia Nacional ha absuelto al exdirigente de ETA Juan Carlos Iglesias Chouzas, Gadafi, del asesinato de un guardia civil en Bilbao por el que la Fiscalía pedía 40 años de prisión. La Sala ha adoptado esta decisión en virtud de la sentencia del TEDH relativa a Atristain, siendo esta la primera vez que se aplica desde que el fallo de Estrasburgo es firme. Pendiente de realizar este mismo paso se encuentra también la ex jefa de ETA Iratxe Sorzabal por dos atentados en Gijón. Argumentó haber sido objeto de incomunicación, “presiones, coacciones y torturas”.

Por otro lado, Estados Unidos va a retirar de su lista de organizaciones extremistas extranjeras a cinco grupos por darlos por desaparecidos, y entre ellos se encuentra ETA. Se le suman la secta japonesa Aum Shinrikyo, el grupo judío radical Kahane Kach y dos grupos islámicos. l