- El rey emérito, Juan Carlos I, se ha librado de todas las pesquisas sobre su persona en el Estado español con el archivo de todas las líneas de investigación en el Tribunal Supremo, pero podría verse en un futuro sentado en un banquillo de la Justicia británica, que no admite su inviolabilidad y sigue adelante con la demanda por acoso de Corinna Larsen.
Ayer, el juez Matthew Nicklin, del Tribunal Superior de Londres, rechazó permitir que el monarca emérito recurra el fallo que dictó que no tiene inmunidad ante la demanda por presunto acoso presentada en Inglaterra por Corinna Larsen.
No obstante, el exmonarca sí podrá pedir el permiso para recurrir ese dictamen -emitido el pasado jueves- en un futuro directamente ante la Corte de Apelación, lo que sus abogados indicaron que harán.
En su demanda, Corinna Larsen acusa a Juan Carlos I de haberla sometido a “acoso” desde 2012 hasta el presente, personalmente o a través de “agentes” a su servicio. Esas acciones, según la demandante, “amenazaron” su seguridad y la de sus hijos.
En una vista en el Tribunal Superior, la defensa del demandado, encabezada por Daniel Bethlehem, indicó que pedirán autorización para recurrir a la Corte de Apelación “lo antes posible” y, si esta corte lo autoriza, presentarán el recurso antes del 30 de mayo.
El juez Nicklin rechazó darle el permiso para recurrir al considerar que había quedado claro que los actos que se le atribuyen al emérito se llevaron a cabo a nivel personal y no fueron de carácter de Estado.
Sin embargo, el equipo de Juan Carlos I considera que los hechos ocurridos antes de su aplicación -entre 2012 y 2014- podrían considerarse que transcurrieron durante una posición de autoridad, con lo cual podría aplicarse la inmunidad. Estos abogados también cuestionan la opinión de Nicklin, incluida en el dictamen del pasado jueves, de que el emérito no forma parte de la Casa del Rey aunque sea de la familia.
El próximo paso en este proceso dependerá de si la Corte de Apelación autoriza el recurso que pide la parte del emérito y por el momento no hay fecha.
Los abogados de Corinna Larsen pidieron en esta sesión que la parte contraria se haga cargo de las costas judiciales por 230.000 libras (299.000 euros), pero el juez Nicklin considera que este aspecto se dirimirá más adelante y puntualizó que ambas partes “tienen recursos suficientes”.
En su dictamen del pasado jueves, Nicklin reconoció que, tras abdicar en 2014, Juan Carlos I “ha disfrutado de cierto estatus y privilegios recogidos en el Real Decreto 470/2014”.
Pero el magistrado resolvió que el emérito “ya no es soberano o jefe de Estado” ni tampoco forma parte de la Casa Real de Felipe VI -aunque sea miembro de la familia-, lo que le hubiera dado el derecho a la inmunidad.
El pasado diciembre en el Tribunal Superior, los abogados del padre de Felipe VI habían defendido su inocencia y sostuvieron que no podía ser procesado al ser miembro de la Familia Real española y exjefe de Estado, por sus actos cometidos en parte cuando aún era rey de España.
Asimismo, los abogados argumentaron que las cortes inglesas no tienen jurisdicción sobre la demanda y que el emérito goza de inmunidad en virtud de la Convención de Viena sobre Relaciones Diplomáticas y también de la ley británica sobre Inmunidad, que hace referencia a la inmunidad de extranjeros.
Sin embargo, los representantes de Corinna Larsen alegaron por su parte en diciembre que, tras su abdicación el 18 de junio de 2014, Juan Carlos I ya no está protegido por la inmunidad que se confiere a los jefes de Estado al amparo de la legislación británica.
Corinna Larsen y Juan Carlos I iniciaron una relación en 2004 que terminó en 2009 después de que la examante conociera que el emérito le era infiel, según la defensa de la primera.
En este proceso judicial por presunto acoso que se está desarrollando en la Justicia británica, la demandante solicita daños y perjuicios por lesiones personales por el “gran dolor mental, alarma, ansiedad, angustia y pérdida de bienestar, humillación y el estima moral” que denuncia que ha sufrido a manos de Juan Carlos I.