- La desescalada del conflicto catalán vuelve a toparse con nuevos obstáculos. La Fiscalía del Tribunal Supremo se opuso ayer de forma tajante a la concesión de los indultos a los presos soberanistas e instó a que cumplan sus penas “sin atajos” al vincular esta medida de gracia como una “moneda política de cambio” para la “obtención de apoyos parlamentarios”. Los cuatro fiscales que acusaron durante el juicio del procés, Javier Zaragoza, Jaime Moreno, Consuelo Madrigal y Fidel Cadena, remitieron doce informes, uno por cada uno de los condenados, totalmente desfavorables a esta herramienta, ni total ni parcial, argumentando su rechazo en que los condenados no han mostrado arrepentimiento y subrayando la “enorme gravedad de los hechos” de unos reclusos que no han cumplido ni la mitad de la condena.
La indirecta hacia el Gobierno de coalición, en buena medida por sus pactos con las formaciones independentistas, se descubre cuando los fiscales sostienen que el indulto no está previsto “para satisfacer intereses políticos coyunturales” ni se puede conceder arbitrariamente “con carácter general ante la mera discrepancia con el tenor de la sentencia o la pura conveniencia de una situación política global”. Fundamentan su posición en que el espíritu de la Constitución excluye de esta concesión a los miembros del Govern, que acometieron “un deliberado y planificado ataque al núcleo esencial del Estado democrático”.
Se presentaron al menos siete peticiones de indulto a favor del exvicepresident Oriol Junqueras; los ex consellers Joaquim Forn, Josep Rull, Raül Romeva, Jordi Turull, Santi Vila, Dolors Bassa, Meritxell Borràs y Carles Mundó; Jordi Cuixart y Jordi Sànchez; y la ex presidenta del Parlament Carme Forcadell. La Fiscalía se opone a todas ellas y recuerda que el máximo dirigente de ERC cumple la pena de prisión el 29 de octubre de 2030, y la pena de inhabilitación absoluta el 5 de julio de 2031. Añade que según los informes de la prisión, se confirma la adaptación al régimen penitenciario y la plena sujeción a la normativa vigente del líder independentista, sin que se mencione dato objetivo alguno que acredite su rechazo del hecho delictivo por el que ha sido condenado o su arrepentimiento por su comisión. En similar situación se encuentran el resto de presos secesionistas. En el caso de Junqueras, el informe precisa además que el condenado ha tenido “comportamientos claramente indicativos de rechazo a la actuación jurisdiccional y de su voluntad de insistir en la ejecución de los hechos si se dieran las condiciones necesarias para ello”. Recuerdan que “no agredió solamente al orden público, sino que también intentó quebrar el orden constitucional, además de afectar a la integridad patrimonial de la Administración pública mediante el uso ilegal de fondos públicos”.
Según los fiscales y aún cuando el tribunal consideró finalmente que los hechos cometidos no tuvieron suficiente eficacia lesiva para el orden constitucional, “es lo cierto que el propio relato de hechos probados acredita un cierto desbordamiento de los contornos legales propios de la sedición y la incursión de los mismos en la ejecución de algunos de los elementos típicos de la rebelión (alzamiento público, violencia, declaración de independencia, derogación de la Constitución, etc.)”. Los escritos tampoco acogen la alegación obrante en las peticiones de indulto de que el delito de sedición por el que la mayoría de procesados han sido condenados no existe en derecho comparado. E insisten en que lo que sucedió en Catalunya “no fue una sedición al uso”. Afirman que se produjo “un alzamiento institucional desde los poderes legalmente constituidos de esa comunidad autónoma, cuya legitimidad emanaba de la Constitución, con el imprescindible apoyo de las organizaciones sociales soberanistas que garantizaban la movilización popular, en el que las normas que se pretendían incumplir no eran cualesquiera disposiciones legales sino la ley de leyes, la Constitución, que quedaba derogada en el territorio de la citada comunidad autónoma, y en el que las resoluciones judiciales que se incumplieron de un modo reiterado y contumaz fueron las del propio Tribunal Constitucional”.
En cuanto al cumplimiento, los fiscales subrayan que lo largo de los últimos meses los condenados han sido beneficiarios de la aplicación de un singular mecanismo de cumplimiento de la pena privativa de libertad, el previsto por el art. 100.2 del Reglamento penitenciario, “de una forma tan prematura como injustificada, que más bien parecía un modo encubierto de concesión del tercer grado penitenciario”. Incluso se les ha llegado a conceder, “con criterios manifiestamente erróneos desde una perspectiva estrictamente jurídica” el tercer grado penitenciario. De modo que todo apunta a que “la Administración penitenciaria competente ha estado neutralizando por esta vía la efectividad del cumplimiento de la pena de prisión impuesta y vaciando de contenido el fallo judicial”, zanjan los fiscales.
El Govern tenía asumida esta posición. La portavoz Meritxell Budó señaló que “no confiábamos en absoluto en que este informe no fuera desfavorable” y apeló a la necesidad de “abordar la raíz del conflicto político” a través de una amnistía. “Lo que hace falta es que la ley de amnistía se apruebe. La resolución del conflicto político no pasa ni por el indulto ni por la modificación del Código Penal. No confiamos”, zanjó. Tampoco apuesta por que Moncloa conceda esta amnistía: “Ya nos ha demostrado que no tiene ningún interés ni ninguna intención de abordar la ley de amnistía”.
Pero incluso se pronunció con un tono más severo uno de los socios del Gobierno de coalición de Pedro Sánchez. El presidente del grupo parlamentario de Unidas Podemos en el Congreso, Jaume Asens, afirmó que “la venganza no puede imponerse al diálogo y la desjudicialización” del conflicto en Catalunya, y cree que el rechazo de la Fiscalía del Supremo confirma que hay fiscales “contaminados ideológicamente”. A través de su cuenta de Twitter, advirtió de que “los fiscales del Supremo que formaron parte del problema no serán parte de la solución. La venganza no puede imponerse a la agenda de la desjudicialización y el diálogo”.
En este contexto, aludió a las polémicas declaraciones del teniente fiscal del Supremo, Luis Navajas, quien en septiembre aludió a presiones de fiscales “contaminados políticamente”, como Consuelo Madrigal, en cuestiones como las querellas presentadas contra el Gobierno por la gestión de la pandemia. Así Asens deslizó que, como dijo Navajas, estos fiscales están “contaminados ideológicamente” y deberían haberse abstenido de resolver el informe sobre los indultos. Y reprochó que aunque no están ya en el siglo XIX, la Fiscalía se ha opuesto a indultar a presos juzgados por un delito (sedición) que se creó “con la desamortización de Mendizábal”. Lo que el Gobierno español tiene imposible en alcanzar las elecciones del 14-F con un guiño al independentismo en forma de que los reclusos estén en libertad, ni siquiera a través de la reforma del vetusto delito de sedición en que trabaja.
“La solución no está en el indulto ni en la reforma del Código Penal, sino en una ley de amnistía”
Portavoz del Govern
“La venganza no puede imponerse a la agenda de la desjudicialización del conflicto y al diálogo”
Presidente de U. Podemos en el Congreso