- Los administraciones públicas de Euskadi podrán habilitar turnos especiales de acceso en las Ofertas Públicas de Empleo (OPE) para los trabajadores interinos que acrediten un mínimo de ocho años de antigüedad en puestos correspondientes a las plazas convocadas. El personal que cumpla dicho requisito se evitará así la parte teórica de las pruebas y solo deberá superar un examen práctico.

Este procedimiento especial, que estará limitado a ámbitos de la Administración con más de un 40% de interinos en la plantilla, se recoge en el Proyecto de Ley de Cuerpos y Escalas aprobado ayer por el Gobierno Vasco, un texto que ya fue tramitado en la fase final de la legislatura anterior, pero que no llegó a ser aprobado antes de la convocatoria de elecciones.

El nuevo proyecto tiene como objetivo regular el empleo público y actualizar la estructura del personal de la Administración General de Euskadi y sus organismos autónomos. La ley permitirá reordenar las funciones y titulaciones para cada puesto de trabajo y simplificará el número de grupos y subgrupos profesionales. Asimismo, el texto flexibilizará los procesos para modificar los requisitos de cada puesto en función de los cambios que se produzcan en las titulaciones profesionales.

La ley vigente fue aprobada en 2004 y el Ejecutivo autonómico consideraba necesario efectuar una adecuación normativa para actualizar los grupos y subgrupos recogidos en el texto, según informó ayer la consejera de Gobernanza Pública, Olatz Garamendi, en la rueda de prensa posterior al Consejo de Gobierno. El nuevo proyecto de ley se adecua así a las nuevas titulaciones creadas y pretende dar una mejor respuesta a los perfiles profesionales que requiere “una Administración moderna”.

De esa forma, se pretende lograr un avance en la racionalización de la selección del personal, en coherencia con las necesidades organizativas de cada momento. La futura ley busca también reducir los diferentes grupos de personal, que en el futuro se reducirán a dos cuerpos profesionales, en el seno de los cuales se establecerán 54 escalas.

La primera categoría será el Cuerpo General, que integrará a quienes realizan funciones vinculadas a las actividades administrativas. Este cuerpo tendrá cuatro escalas profesionales: superior de la administración, de gestión administrativa, administrativa y auxiliar administrativa.

La segunda es el Cuerpo especial, que englobará a quienes realizan funciones que requieren un conocimiento específico propio de una profesión o de puestos determinados. Este cuerpo distinguirá 50 escalas profesionales, como, por ejemplo, farmacia, minas, jurídica, cartográfica, medicina o urbanismo.

El proyecto de ley contiene asimismo dos disposiciones adicionales que son las que posibilitarán la creación de turnos especiales de acceso en las OPE para los trabajadores interinos que acrediten un mínimo de ocho años de antigüedad en los cuerpos y escalas a los que pertenezcan las plazas convocadas.

Este canal se habilitará en los casos en los que la interinidad supere un 40% de la plantilla. El proceso constará de una única prueba, de carácter práctico, relacionada con los procedimientos y funciones habituales de los puestos de cada convocatoria. El examen será una prueba eliminatoria dentro de los concursos-oposición. En la práctica, este procedimiento será una vía para consolidar empleo en puestos que actualmente están cubiertos por personal interino y que aportan “una experiencia y conocimiento de gran valor para nuestra Administración”.

La norma ofrecerá la cobertura necesaria para afrontar este proceso “con garantía jurídica y respetando los principios de igualdad, mérito y capacidad que deben regir en la Función Pública”, según destacó el Ejecutivo autonómico. En esa línea, Garamendi aseguró que la “viabilidad” jurídica de esta fórmula no se verá afectada por la inexistencia de una normativa en el Estado que recoja esta posibilidad. De hecho, afirmó que el proyecto de ley tiene la necesaria seguridad jurídica como para “seguir adelante” con independencia de que haya o no una norma de ámbito estatal que contemple esta fórmula de acceso al empleo público.

“La norma respeta los principios de igualdad, mérito y capacidad en la función pública”

Consejera de Gobernanza Pública