- En una solicitud, como mínimo insólita, la Fiscalía del Tribunal Supremo pide que se ordene a la Audiencia Nacional repetir el juicio contra el coordinador general de EH Bildu, Arnaldo Otegi, por el caso Bateragune con el argumento de la sentencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) que dictó la nulidad del dictamen al constatar la falta de imparcialidad del tribunal de la Audiencia Nacional. Ahora, después de que los cinco condenados cumplieron íntegras sus penas de entre seis y seis años y medio del cárcel, la Fiscalía del Supremo quiere que además de Otegi, el secretario general de Sortu y parlamentario vasco Arkaitz Rodríguez, Sonia Jacinto, Miren Zabaleta y Rafa Díez Usabiaga vuelvan a sentarse en el banquillo de los acusados.

La decisión de la Fiscalía del Supremo, que recoge cien por cien las tesis del recurso presentado por Vox y por la asociación de víctimas Voces contra el Terrorismo, llega en un momento en el que Otegi y EH Bildu se han convertido en un arma arrojadiza contra el Gobierno de coalición PSOE-Unidas Podemos y el presidente español, Pedro Sánchez, después de que Otegi anunciara que, con toda probabilidad, la coalición soberanista diera su apoyo a los Presupuestos Generales del Estado (PGE).

La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo anuló el pasado 31 de julio la sentencia, de 2012, que les condenba a los cinco acusados a penas de entre seis años y seis años y medio de prisión por un delito de pertenencia a organización terrorista, siguiendo el criterio del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) que determinó que la Audiencia Nacional vulneró el artículo 6.1 del Convenio Europeo, ya que entendía el “temor legítimo” de los acusados a una falta de imparcialidad del tribunal.

En el escrito de la Fiscalía Supremo, que tiene fecha del pasado día 11 y al que ha tenido acceso Europa Press, se recogía la jurisprudencia tanto del Supremo como del Constitucional para estos casos y se responde al requerimiento de la Sala de lo Penal dado que la resolución del TEDH tiene efectos procesales que había que valorar.

Así, la Fiscalía concluye que, pese a que la sentencia fue anulada, lo ocurrido en esta causa no puede convertirse en una exención penal y aboga por retrotraer las actuaciones al tramite previo a la designación por la Sala Cuarta de la Audiencia Nacional de los componentes del Tribunal que debían enjuiciar a los procesados. Dicho en otras palabras, la Fiscalía, bajo la tesis de que un “defecto procesal no puede convertirse en una exención penal”, pide que Otegi y los otros cuatro implicados en la caso Bateragune vuelvan a sentarse en el banquillo de la Audicia Nacional y que sean juzgados por otro tribunal distinto al compuesto por Ángela Murillo, Teresa Palacios y Juan Francisco Martel ,que fue quien les condenó em primera instancia, sentencia anulada por el Tribunal Europeo al considerard imparcialidad y animadversión de la jueza Murrillo contra Otegi.

Además, los abogados de los condenados señalaron ayer que la AN les reiteró su rechazo a un nuevo juicio sobre la base de que el Tribunal Europeo de Derechos Humano no explicitba en su sentencia la orden de celebrar un nuevo juicio, con una composición de jueces diferente del tribunal que les condenó.

Lo cierto es que esta petición de la Fiscalía del Supremo llega después de que los cinco condenados hayan cumplido de forma íntegra la pena impuesta por la Audiencia Nacional y posteriormente revisada por el Supremo.

La Audiencia Nacional condenó a diez años de prisión y a diez años de inhabilitación a Arnaldo Otegi y a Rafa Díez y a ocho años a Miren Zabaleta, Arkaitz Rodríguez ySonia Jacinto. El Supremo rebajó a seis años y medio a los dos primeros y a seis años a los tres restantes, penas que como se ha señalado cumplieron en su integridad.

Origen de la sentencia. El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) consideró que el juicio de la Audiencia Nacional contra los encausados en el sumario Bateragune no cumplió con todas las garantías, al formar parte del tribunal la magistrada Angela Murillo, quien anteriormente, en marzo de 2010, había sido apartada por supuesta falta de imparcialidad en un juicio anterior por enaltecimiento del terrorismo en el que estaba acusado también Arnaldo Otegi. En aquella vista oral, Murillo preguntó a Otegi si condenaba a ETA y, ante la negativa de éste a ofrecer una respuesta, la juez le dijo que ya sabía que no le iba a contestar. El Supremo apartó a la magistrada del caso, que ejercía de presidenta del tribunal, al apreciar en ella “prejuicio”. La vista oral fue repetida y el exportavoz de Batasuna resultó absuelto en ese procedimiento. Además en otro juicio, Otegi, que estaba en huelga de hambre, solicitó permiso para beber un vaso de agua a lo que la jueza Murillo contesto de forma despectiva: “Por mí como si bebe vino”.