- La denominada Ley vasca de abusos policiales cometidos entre 1978 y 1999 está a punto de ser homologada también a efectos judiciales tras la última resolución del Tribunal Constitucional ante el recurso presentado por Ciudadanos. El fallo judicial ampara al Gobierno Vasco al que reconoce su capacidad para reconocer y reparar a las víctimas en el plano administrativo sin que esto suponga una invasión en el terreno judicial.
En definitiva, el alto tribunal viene a dejar prácticamente cerrado el debate sobre si es necesaria una sentencia judicial para reconocer y reparar una víctima por torturas o por excesos policiales. Tras años de duro debate político y de tortuosa batalla judicial con varios recursos interpuestos, a la norma solo le queda superar un recurso de inconstitucionalidad interpuesto por varios senadores del PP en términos muy parecidos al de Ciudadanos para habilitarse a todos los efectos como ley. Estas dos formaciones consideran que el Gobierno Vasco no puede reconocer ni reparar a nadie que se presente como víctima de algún exceso policial mientras no haya una sentencia judicial.
Ciudadanos presentó, en mayo de 2019, un recurso de inconstitucionalidad ante el Tribunal Constitucional contra esta ley al considerarla como "una infamia" a la Policía y a la Guardia Civil porque "siembra dudas sobre su actuación". Los recurrentes alegaban que la ley impugnada, aprobada en abril de 2019 y que daba una nueva redacción a la normativa, puede invadir competencias reservadas al poder judicial y vulnerar garantías constitucionales como el derecho a la tutela judicial efectiva.
En la sentencia, que se hizo pública ayer y que fue remitida a la Mesa del Parlamento Vasco, se recuerda que los recurrentes denunciaban que una comisión administrativa, como la incluida en la ley, pudiera investigar asuntos que ya habían sido estudiados por los tribunales, por considerar que suponía invadir competencias judiciales.
También defendían que no era posible probar hechos diferentes que los que fueron objeto de investigación judicial. Además, adujeron que la determinación de víctimas supone también establecer culpables, lo que no puede realizar una comisión dedicada a las primeras.
La sentencia sostiene que la ley aprobada por el Parlamento Vasco pretende el reconocimiento y reparación de las víctimas de vulneraciones de derechos humanos en el periodo al que se refiere. Sobre la comisión de valoración y sus funciones concluye que no invade competencias judiciales. Para el Constitucional, la comisión de víctimas no investiga sobre los hechos, pues la ley vasca "veda expresamente que la indagación de los hechos determinantes del resarcimiento pueda llevarse a cabo por la propia comisión".
También destaca que sus decisiones sobre las víctimas "parten de expedientes administrativos o judiciales", o acreditados de otro modo por el solicitante. Por ello, concluye que "no hay aquí investigación y fijación de conductas constitutivas de delito, pues la tarea de la comisión no persigue tales fines de averiguación y fijación de hechos". El alto tribunal no considera que se invadan "potestades judiciales" ya que no considera que la ley pretenda "esclarecer hechos", sino "constatar la existencia de víctimas y su eventual derecho a reparación".
La norma está en funcionamiento desde el pasado mes de febrero tras aprobar el Gobierno Vasco un decreto que la habilitaba con total seguridad jurídica. El decreto subraya las obligaciones que atañen a la comisión que ya tiene entre manos varias solicitudes. Tras su estudio propondrá en cada caso la declaración de la condición de víctima o su denegación. En los casos en los que este órgano tenga conocimiento de la existencia de causas judiciales o procedimientos administrativos sancionadores abiertos, se deberá suspender la tramitación del expediente, es decir, no podrá actuar si los casos están inmersos en causas judiciales. La comisión está formada por expertos de diferentes ámbitos y entre ellos está el reconocido forense Francisco Etxeberria.
La ley fue aprobada con los votos del PSE y el PNV y prosperó gracias a la abstención de EH Bildu y Elkarrekin Podemos, con el único voto en contra del PP. Este proceso de reparación comenzó con el decreto aprobado por el lehendakari Patxi López, que cubría los casos registrados entre 1960 y 1978, al final de la dictadura franquista.