- El Consejo de Ministros del Ejecutivo español aprobó en la reunión celebrada ayer un acuerdo por el que se solicita la interposición de recurso de inconstitucionalidad ante el Tribunal Constitucional contra el apartado segundo de la disposición transitoria décima de la quinta modificación de la Ley de Policía de la Comunidad Autónoma Vasca.
En concreto, el apartado segundo de esa disposición señala que, de existir en la categoría correspondiente del Cuerpo de Policía Local un porcentaje de interinidad superior al 40% podrá incorporarse al proceso especial de consolidación de empleo, un turno diferenciado de acceso para quienes acrediten un mínimo de ocho años de antigüedad en la administración convocante en la categoría de la policía local a la que pertenecen las plazas convocadas, reservando para dicho turno diferenciado de acceso hasta el 60% de las plazas ofertadas.
Después de que los gobiernos vasco y español hubieran alcanzado un acuerdo sobre la Ley vasca de Superficies Comerciales para desactivar el recurso al Tribunal Constitucional en el caso de la Ley de Policía, no estaba nada claro si el Gobierno de Sánchez tenía intención de llevar al alto tribunal de garantías la parte del texto donde no se ha producido un entendimiento.
En concreto, ambos gobiernos lograron resolver la discrepancia sobre la figura de los interinos de la Policía municipal, que al final se va a permitir porque el propio Tribunal Constitucional le ha dado luz verde en una sentencia reciente, pero se mantenía el desacuerdo en un debate capital: los procesos de consolidación de empleo, es decir, la posibilidad de que las próximas OPE de este año incluyan un procedimiento específico para estabilizar los puestos de los trabajadores que atesoran como mínimo ocho años de experiencia en el sector público y que han funcionado hasta la fecha con contratos temporales. Ayer el Gobierno español desvelaba su postura con el anuncio de la interposición del recurso.