estrasburgo - El Tribunal Europeo de Derechos Humanos volvió ayer a avalar en una nueva sentencia la doctrina de los tribunales españoles que rechaza descontar a los presos de ETA el tiempo de condena cumplido en el extranjero. Es la tercera vez que Estrasburgo resuelve sobre la acumulación de penas, siempre de forma favorable al Estado español, a raíz de los recursos de presos de ETA.
En concreto, el tribunal europeo concluye en su sentencia que la queja que presentaron los históricos miembros de ETA Juan Luis Agirre Lete y Julián Atxurra Egurola, alias Pototo -ambos condenados por su participación en el secuestro de José Antonio Ortega Lara-, Iñaki Bilbao Beaskoetxea e Idoia Martínez García “debe ser rechazada por ser infundada”. También el preso del Grapo Fernando Silva Sande, conocido por haber secuestrado a Publio Cordón, pedía el descuento de los años purgados en Francia.
En sus recursos alegaban la vulneración de varios artículos de la Convención Europea de Derechos Humanos, relativos a la imposibilidad de aplicar la ley con carácter retroactivo cuando sea perjudicial para el preso y sobre la detención ilegal, que los demandantes relacionan con el hecho de que van a superar el máximo de 30 años en prisión si se tienen en cuenta los años cumplidos en Francia. - DNA