BARCELONA/MADRID - La Sala del Tribunal Supremo que juzgó el procés independentista volvió a rechazar ayer poner en libertad a la mayoría de los acusados que se encuentran en prisión preventiva mientras esperan a conocer la sentencia. En un auto, el tribunal que preside el magistrado Manuel Marchena desestimó los recursos de súplica interpuestos por el expresidente de la Asamblea Nacional Catalana (ANCA) Jordi Sànchez; el líder de Òmnium Cultural, Jordi Cuixart; y los exconsellers Jordi Turull, Josep Rull, Dolor Bassa y Joaquim Forn contra la decisión adoptada el 21 de junio en la que denegó su excarcelación. La Sala reitera los argumentos esgrimidos entonces e insiste en que no se aprecian razones “sobrevenidas” que aconsejen levanta la medida cautelar de privación de libertad impuesta una vez que ha concluido la vista oral contra los doce líderes independentistas. En este sentido, los magistrados subrayan que el auto dictado hace un mes está “suficientemente motivado” y que “expone con claridad” por qué se mantiene la prisión provisional de los acusados: ni el riego de fuga, ni la reiteración delictiva se ha eliminado una vez ha concluido el juicio. “Como hemos declarado en anteriores resoluciones, la reiteración de determinados argumentos en las peticiones de libertad, sin perjuicio de su legitimidad, conduce necesariamente a una reiteración jurisdiccional de las razones ya expuestas para su rechazo”, añade.
Por otro lado, el auto se centra en una alegación concreta del exconseller de Presidencia y diputado suspendido de JxCat en el Congreso, Josep Rull, que solicitó su libertad provisional en relación al estado de salud de uno de sus hijos, lo cual hacía entender que el riesgo de fuga ha desaparecido. La Sala admite que “no es ajena al impacto emotivo que la intervención quirúrgica de un hijo puede ocasionar” y que por ello, le concederá los permisos penitenciarios necesarios que estén relacionados con esas operaciones.
“El juicio ponderativo para resolver la difícil convergencia entre los derechos e intereses en juego, se ve notablemente facilitado por la posibilidad de conceder los permisos penitenciarios que, relacionados con esa intervención quirúrgica, puedan ser cursados”, explica el Supremo en su escrito.
La Sala del TS ya concedió el pasado 19 de julio un permiso extraordinario a Rull para que abandone la prisión de Lledoners (Barcelona), en la que cumple prisión preventiva, para acompañar a su hijo durante una operación prevista el próximo 20 de agosto.
Dictamen de la ONU Por último, el Tribunal Supremo vuelve a insistir en que el dictamen del Grupo de Trabajo de Detenciones Arbitrarias de Naciones Unidas, en el que se apoyan Jordi Sànchez y Jordi Cuixart para pedir la imposición de “medidas menos gravosas” que la prisión, no es vinculante.
Así, recalca que la cuestión ya fue “ampliamente tratada” en el auto recurrido y se reafirma en que el Gobierno español no puede tomar medidas determinadas para remediar la situación, porque ello supondría ignorar “una de las notas esenciales” que definen cualquier Estado de Derecho, en referencia a la que “impide al Poder Ejecutivo dirigir instrucciones u órdenes a los tribunales de justicia”. - E.P.