Madrid - El juez del Supremo Pablo Llarena, instructor de la causa del procés, denegó ayer la solicitud de Carles Puigdemont y Antoni Comín de dejar sin efecto las órdenes nacionales de búsqueda, detención e ingreso en prisión contra ellos, como habían pedido para acceder al acta de eurodiputados. Llarena rechaza la pretensión de los dos procesados por rebelión y malversación, declarados rebeldes al haber huido a Bélgica, y niega que tengan inmunidad por el solo hecho de haber sido proclamados electos. Su decisión se suma a la adoptada el viernes por el tribunal que ha juzgado a los dirigentes del procés, que denegó la petición de Oriol Junqueras, también elegido eurodiputado, para salir de prisión mañana con el fin de acatar la Constitución ante la Junta Electoral Central y acceder al acta de parlamentario.
Tanto la Fiscalía como Vox, que ejerce la acusación popular, se habían opuesto a la petición del expresidente de la Generalitat Puigdemont y del exconseller Comín, que querían que se garantizara su libertad de circulación para viajar a Madrid sin riesgo de ser detenidos. Según los dos, debía también suspenderse todo procedimiento contra ellos hasta que se tramitara la correspondiente autorización del Parlamento Europeo, pero Llarena cuestiona toda su argumentación.
El juez sostiene que han interpretado de forma “errónea” el reglamento del Protocolo sobre los privilegios y las inmunidades de la Unión Europea, que en su artículo 9 fija que se gozará de inmunidad “mientras el Parlamento Europeo esté en periodo de sesiones” y que esa inmunidad se reconoce a “sus miembros”. Llarena recuerda que la condición de eurodiputado se produce tras “un proceso complejo” que pasa primero por el acatamiento de la Constitución ante la Junta Electoral Central y después por la toma de posesión en la sede del Parlamento Europeo, tras manifestar por escrito posibles incompatibilidades. “En definitiva, mientras los solicitantes no realicen el trámite interno descrito, en ningún caso podrían iniciar la segunda fase de los trámites necesarios para la adquisición de la condición de miembro del Parlamento Europeo del que el artículo 9 del Protocolo hace depender el régimen de inmunidad”, dice Llarena.
Según su auto, la segunda condición para disfrutar de las prerrogativas es que la Eurocámara esté en periodo de sesiones y “por definición, el periodo de sesiones es posterior a la proclamación de los electos”. - Efe