La legitimidad de buscar Justicia en el extranjero cuando no se encuentra en casa no se le puede negar a nadie. La buscan las víctimas del franquismo, precisamente en Argentina, porque la Justicia española siempre se ha amparado en la caducidad de los crímenes cometidos por la dictadura y en la amnistía aplicada en la transición.
Por eso, que la busque Dignidad y Justicia no es reprochable. Pero es preciso estar advertidos porque, aunque lo pueda parecer, la causa por crímenes de lesa humanidad contra dirigentes políticos de la izquierda abertzale y ETA no es equiparable al caso de las víctimas del 3 de marzo de 1976 en Gasteiz o de la represión franquista.
Ni ETA ni los políticos que se pretende encausar han disfrutado de impunidad en relación a sus actos. Ninguno se ha visto favorecido por una amnistía de sus crímenes, presuntos o probados. La jurisdicción penal española ha actuado con rigor y diligencia en todos los casos juzgables y se han producido los procesamientos por los delitos que se les podían imputar. Los que no han sido aclarados aún no tienen que ver con la condición de lesa humanidad que autorizaría el proceso en el extranjero. La acción en Argentina no busca resarcir a las víctimas desamparadas sino enmendar los fallos elevando el castigo aplicado por esos crímenes -de naturaleza en todo caso execrable-. Pero la sucesión de sanciones por el mismo delito no es un ejercicio de justicia aunque se redefina el tipo penal. De todos modos, si el juez Canicoba es acogido por las instituciones españolas con la misma diligencia que la jueza Servini...