MADRID - El Pleno de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional se reunirá el próximo 8 de mayo para debatir sobre la idoneidad de presentar una cuestión prejudicial ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) contra la normativa española que permite no descontar a los presos de ETA las condenas cumplidas en las cárceles de Francia, según informaron fuentes jurídicas.
La Sala de lo Penal, presidida por Fernando Grande-Marlaska, celebrará este pleno, después de que varios magistrados plantearan la posibilidad de preguntar al tribunal sobre la interpretación de la Ley 7/2014 que traspuso la Decisión Marco 675/2008 del Consejo Europea sobre la acumulación de penas cumplidas en países comunitarios.
La normativa española, que fue respaldada por el Tribunal Supremo, precisaba que no serían tenidas en cuenta “las condenas dictadas por un tribunal de un Estado miembro de la Unión Europea con anterioridad al 15 de agosto de 2010”. La aplicación de la directiva europea suscitó también dudas en la propia Sala de lo Penal del alto tribunal, que finalmente respaldó por nueve votos a seis la ley orgánica aprobada el pasado noviembre.
Tanto magistrados del Supremo como otros de la Audiencia Nacional creen que esta norma desnaturaliza y contraviene el derecho comunitario y otros apuestan por que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea, con sede en Luxemburgo, aclare las dudas. Este tribunal (no confundirlo con el Tribunal Europeo de Derechos Humanos, con sede en Estrasburgo, que resolvió sobre la doctrina Parot) es el responsable de garantizar que el derecho de la UE se aplique correctamente tras recibir las cuestiones planteadas por los órganos jurisdiccionales. El criterio adoptado en nuestra país permite no rebajar los años cumplidos en cárceles francesas a cerca de 80 presos de ETA.
Una de ellas, la histórica miembro de la banda Idoia López Riaño que actualmente está desvinculada de la banda, solicitó el pasado enero a la Sección Primera de la Sala de lo Penal que planteara la cuestión prejudicial tras el cambio de criterio del Supremo sobre este asunto.
En su escrito, el abogado Fernando Pamos de la Hoz efectuó esta petición aduciendo que los magistrados del Supremo cambiaron de criterio, tras la aprobación de una ley española “urgente, caprichosa” y derivada de la “presión mediática”. - E.P.