MADRID - Los seis magistrados del Tribunal Supremo (TS) contrarios a la decisión de la sala de lo penal de este tribunal que negó la excarcelación a presos de ETA por acumulación de condenas en Francia ultiman su voto particular en el que argumentarán que se repite el error de la doctrina Parot al aplicar leyes penales de manera retroactiva.

La sentencia del Supremo todavía no ha sido notificada y cuando lo haga irá acompañado del voto particular de los seis magistrados críticos con el acuerdo del plenario sobre el recurso del preso de la vía Nanclares Kepa Pikabea, que reclamó el descuento de los años de condena purgados en Francia.

Su demanda no prosperó porque nueve jueces de la sala se negaron a la acumulación de condenas en base a una ley orgánica aprobada a última hora por el Gobierno del PP que contradice la naturaleza y el espíritu de la decisión marco de 2008 de la UE que aboga por la resta de años de condena en aras de la reinserción del recluso. Alrededor de 60 presos de la banda han pedido en la Audiencia Nacional que se revise su estancia en prisión teniendo en cuenta las penas que cumplieron en Francia.

Previamente a la aprobación de la ley española, concretamente un día antes, la Sección Primera de la Audiencia Nacional decretó la excarcelación del histórico dirigente de ETA Santiago Arrospide, alias Santi Potros, y del etarra Alberto Plazaola al estimar su petición de acumular los años penados en Francia a los del Estado español. El acuerdo no crea jurisprudencia porque para ello hacen falta dos sentencias del Supremo. Es más, en marzo de 2014 el mismo tribunal resolvió en sentido contrario al estimar el recurso del también preso de la vía Nanclares Joseba Urrosolo Sistiaga y permitir la acumulación de condenas, aunque en su caso tendrá que esperar para su salida de la cárcel. Por ello, estos dos casos se resolverán de manera individual en ese mismo tribunal a través de los recursos planteados por sus abogados.

Los jueces disidentes consideran que al ser la ley española posterior a la normativa europea el Supremo está vulnerando la no retroactividad penal, lo que podría llevar a que el Tribunal Constitucional o el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) anulen la decisión y den otro correctivo a la justicia española, decretando la excarcelación de los presos de ETA.

El magistrado ponente de este voto particular será Miguel Colmenero. Pero habrá un segundo voto disidente, también apoyado por los seis jueces, cuyo ponente será Cándido Conde-Pumpido. En este caso el argumento se referirá a que el asunto debió ser dirimido por el Tribunal Europeo de Justicia (no confundir con el TEDH), que hubiera aclarado las dudas del Supremo antes de tomar una decisión definitiva.