madrid - Pese a la reforma promovida por el PP para limitar la acción de los tribunales españoles en los casos de Justicia Universal, el juez de la Audiencia Nacional Pablo Ruz ha decidido no archivar los sumarios abiertos por las torturas en el Sáhara y Guantánamo y mantener las diligencias en curso.

En el primer caso, el magistrado argumenta que continuará investigando dos causas por crímenes en el Sáhara que mantiene abiertos en su juzgado por considerar que los hechos se cometieron en lo que entonces era suelo español. En un caso rechaza archivar la querella presentada contra varios militares marroquíes y en otro mantiene abierta la investigación por genocidio presentada por la Asociación Saharaui para la Defensa de los Derechos Humanos contra varios dirigentes del Frente Polisario.

En el primero de estos autos, el juez central de instrucción número 5 acuerda continuar con el procedimiento puesto que, tal y como informo el Ministerio Fiscal, los hechos se cometieron "en territorio que a todos los efectos, debe tener la consideración de español en el momento de comisión, tal y como se deriva de la legalidad y jurisprudencia nacional e internacional".

Según Ruz, los delitos fueron cometidos contra ciudadanos españoles en el momento en que el Sáhara Occidental era provincia española (...) "en concreto entre los meses de noviembre de 1975 y el 28 de febrero de 1976 debiendo también asumirse la competencia de los hechos ocurridos con posterioridad al abandono del territorio por parte de las autoridades españolas en la medida que los mismos resultan conexos con los anteriores".

Por otra parte, Ruz también se declara competente para mantener abierta la investigación iniciada a raíz de una querella por genocidio presentada por la Asociación Saharaui para la Defensa de los Derechos Humanos contra varios dirigentes del Frente Polisario. El magistrado entiende igualmente en este caso que los hechos se habrían cometido "en territorio que a todos los efectos debe tener la consideración de español en el momento de la comisión de aquéllos", por lo que insiste en la "improcedencia del sobreseimiento de las actuaciones" a que se refiere la reciente reforma de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ). Contra estas decisiones, que no son firmes, cabe recurso de reforma.

Ambas resoluciones son coincidentes con la postura de la Fiscalía de la Audiencia Nacional, que la semana pasada se opuso al archivo de estas dos causas y de otra en la que el juez Ismael Moreno investiga la muerte en 2010 del ciudadano español Babi Hamdai Buyema en el campamento saharaui de El Aaiún. En último caso, el fiscal Pedro Rubira expuso que la disposición de la nueva justicia universal, que obliga a archivar los casos de forma retroactiva, no es de aplicación en este caso. Defiende la Fiscalía que "tanto a nivel formal como jurídico, al Sáhara español se le consideraba como una provincia española", recoge el escrito, para concluir que España se convirtió en su "potencia administradora" desde 1965 y que no puede considerarse marroquí ni aceptarse que el reino alauí es competente para investigar estos hechos".

crímenes en Guantánamo Por lo que se refiere a las torturas que habrían sufrido cuatro presos en la base militar estadounidense de Guantánamo entre 2002 y 2005, el juez ha vuelto a preguntar a Estados Unidos, tal y como hizo en 2009, si ha investigado estos hechos, a pesar de la limitación de la jurisdicción universal que impuso el Gobierno.

Así consta en un auto en el que el titular del Juzgado Central de Instrucción número 5 incoa sumario por delitos de torturas y contra la integridad moral en concurso con uno o varios delitos de crímenes de guerra y anuncia que preguntará al Tribunal Supremo si considera que Estados Unidos ha perseguido estos hechos de forma eficaz. Se trata de las torturas que habrían sufrido en la prisión cubana Hamed Abderraman Ahmed, nacido en Ceuta y conocido con los alias de Hamido y el talibán español; el marroquí Lahcen Ikassrien, con residencia y arraigo en España; el palestino Jamil Adullatif El Banna y el libio Omar Deghayes.

En su resolución Ruz destaca que los Convenios de Ginebra y la Convención contra la Tortura obligan a los estados firmantes a perseguir este tipo de delitos y que la recién reformada Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ) establece en su artículo 23.5 que los delitos de jurisdicción universal no se perseguirán en España si se acredita que están siendo investigados en un tribunal internacional o en el estado del lugar en el que se cometieron los hechos.

El magistrado, que cita como jurisprudencia una sentencia del Tribunal Penal Internacional para Yugoslavia de la ONU y otra del Tribunal Europeo de Derechos Humanos, defiende que "el derecho a no ser sometido a torturas ni a tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes es un derecho que no admite suspensión y, por lo tanto, no se pueden invocar circunstancias excepcionales de ningún tipo para justificarla". - DNA/Efe/E.P.

Bush, Cheney y Rumsfeld. El magistrado preguntó a la Fiscalía si debía investigar al propio George W. Bush por las torturas denunciadas por los cuatro expresos y el Ministerio Público estimó que no debía hacerlo porque no existía ningún elemento que permitiera identificar a los responsables de los delitos. Además de Bush, Cheney y Rumsfeld, la querella se dirige contra los generales Michael Lehner y Geoffrey Miller, responsables del campo de detención.

Dos causas abiertas en el Sáhara. En una de las causas Ruz investiga delitos de genocidio en el Sahara contra 31 militares marroquíes a instancias de asociaciones de apoyo al pueblo saharaui y en la otra torturas por parte de 28 miembros del Frente Polisario y altos cargos del Gobierno argelino.

Defiende la Fiscalía que "tanto a nivel formal como jurídico, al Sáhara español se le consideraba como una provincia española", para concluir que España se convirtió en su "potencia administradora" desde 1965 y que no puede considerarse marroquí ni aceptarse que el reino alauí es competente para investigar estos hechos".