madrid. La Fiscalía del Tribunal Constitucional se ha opuesto a los recursos presentados ante el alto tribunal de garantías por Arnaldo Otegi y Rafa Díez Usabiaga, así como los otros tres condenados por el caso Bateragune, Miren Zabaleta, Sonia Jacinto y Arkaitz Rodríguez. El fiscal basa su negativa a aceptar el recurso de amparo en el hecho de que tanto el exportavoz de Batasuna como el ex secretario general del sindicato LAB "pertenecían en calidad de grupo político a la banda terrorista ETA sin que hayan renunciado en ningún momento al uso de las armas y sin que en su trayectoria se haya condenado la violencia, ni en grupo ni individualmente".
De este modo, resulta paradójico que las cinco personas, con Otegi a la cabeza, que fueron las impulsoras del cambio protagonizado por la izquierda abertzale, "un giro del trasatlántico" como ellos mismos lo calificaron, lo que quedó patente en los estatutos de Sortu, en los que el nuevo partido de la izquierda aber-tzale se oponía al uso de la violencia para lograr fines políticos, ahora vean rechazado su recurso por el hecho de que "no han renunciado al uso de las armas".
En el escrito remitido por el fiscal al alto tribunal de garantías, se señala que la falta de condena expresa de la violencia coloca a los cinco condenados "al otro lado de la legalidad". Asimismo, se argumenta que la sentencia que emitió la Audiencia Nacional, posteriormente corroborada por el Supremo, aunque hubo una rebaja de penas, mantienen un correcto esquema argumentativo que lleva a dar por probada la autoría de todos los condenados de los delitos que se les acusaba.
Por todo ello, la Fiscalía del Tribunal Constitucional considera que en este caso no se han vulnerado los derechos fundamentales de los condenados, en concreto los derechos a la presunción de inocencia, a un juez imparcial, a la prueba y a ser informados de la acusación en relación con el derecho a la defensa y a la prueba.
En prisión desde 2009 Arnaldo Otegi, actualmente en el centro penitenciario de Logroño, lleva en prisión desde octubre de 2009, cuando fue detenido bajo la acusación de intentar reconstruir la ilegalizada Batasuna a través de Bateragune. Junto a él, fueron arrestados Miren Zabaleta, hija del coordinador de Aralar Patxi Zabaleta, Sonia Jacinto, Arkaitz Rodríguez y Rafa Díez Usabiaga. El ex secretario general de LAB logró en abril de 2010 un permiso del juez Garzón para abandonar la prisión con el fin de cuidar a su madre. Sin embargo, este permiso fue revocado en noviembre de 2011 y volvió a ingresar en prisión.
La Audiencia Nacional condenó a Arnaldo Otegi y Rafa Díez Usabiaga a diez años de prisión por pertenencia a ETA en grado de dirigente, mientras que los otros tres imputados, Zabaleta, Jacinto y Rodríguez, fueron condenados a ocho años por pertenencia a ETA. Según la sentencia, en la actividad realizada por los acusados entre 2008 y 2009, cuando se sentaron las bases de la ponencia Euskal Herria Zutik que dieron paso a la creación de Sortu, los cinco condenados "cumplían órdenes emanadas directamente de ETA".
La sentencia fue recurrida al Tribunal Supremo, que en mayo de 2012 rebajó la condena a los cinco imputados. En el caso de Otegi y Díez Usabiaga, el alto tribunal consideró que debían ser condenados por pertenencia a ETA, pero no en calidad de dirigentes, por lo que los diez años se quedaron en seis años y medio de reclusión. Para los otros tres condenados se rebajó la pena de ocho a seis años de prisión.
El pasado mes de junio el TC rechazó suspender la pena por, según el fiscal, "la trascendencia social de los delitos cometidos".
El fiscal señala que las sentencias emitidas por la Audiencia Nacional y el Supremo mantienen un correcto esquema
Otegi y Díez Usabiaga están condenados
a seis años y medio,
y Zabaleta, Jacinto
y Rodríguez, a seis