bilbao. Este veterano magistrado curtido en mil batallas judiciales se ha mostrado contrario a la denominada doctrina Parot desde su instauración en 2006, precisamente por el Tribunal Supremo, el mismo en el que ahora ejerce y que la semana pasada tumbó esta interpretación judicial que permitía ejecutar la totalidad de las condenas al aplicar los beneficios penitenciarios individualmente y no sobre el máximo legal de 30 años de prisión.

¿Se ha corregido el Supremo a sí mismo?

Se puede decir que sí. La puerta de la doctrina Parot ha sido cerrada, pero no por el Tribunal Supremo, sino por el Tribunal Europeo de Derechos Humanos. Sus sentencias son vinculantes y lo que ha hecho el Supremo, de acuerdo con la doctrina sentada en la sentencia de la Gran Sala del Tribunal de Estrasburgo, ha sido aceptar esa doctrina que afecta no sólo a Inés del Río, también a todos los demás que se encuentran en su misma situación, como expresamente señala el fallo. La puerta fue abierta, a mi modo de ver indebidamente, por la Sala Segunda del Tribunal Supremo en 2006 y ha sido cerrada por el Tribunal Europeo de Derechos Humanos.

¿Cómo fue el debate?

Hubo una auténtica unanimidad en cuanto a la aceptación de la doctrina que ha marcado el Tribunal Europeo de Derechos Humanos. No hubo ninguna resistencia en este tema, ni ninguna posición numantina. La discrepancia (12 magistrados a favor por 4 en contra) se dio en el tema procesal de materializar el cambio, sobre la vía a seguir. ¿Cuál es la misión del juez? Juzgar y hacer ejecutar lo juzgado. Esto es una cuestión de ejecución de sentencia y son los tribunales sentenciadores los que las ejecutan. En este caso, la Audiencia Nacional, en los casos de terrorismo, y las Audiencias Provinciales, en los casos de otros delitos. A ellos les corresponde realizar las correcciones correspondientes en las liquidaciones de condena.

¿Se ha enterrado definitivamente la '

Se ha cerrado definitivamente. Hay intentos de una aplicación parcial, pero esto no pasa de ser un comentario que he visto en algunos medios. Objetivamente no conozco ningún posicionamiento concreto en ese sentido.

Por aclarar, ¿a qué presos se les puede aplicar todavía la 'doctrina Parot'?

Pensar en la hipótesis de un penado que haya sido condenado ahora por hechos ocurridos durante la vigencia del Código Penal de 1973 y que sea condenado después de 2006 es algo muy complicado. Sería uno de los casos en los que se aplicaría la doctrina Parot, pero lo veo muy rocambolesco.

¿Cree que se va a dilatar la ejecución de sentencia de los cerca de cuarenta casos pendientes?

Hay que recalcular las liquidaciones de condena. Aquellas personas que tienen una liquidación de condena que se ha hecho de acuerdo con la doctrina Parot tendrán que solicitar un nuevo cálculo de redención para computarlos de los treinta años. Eso qué puede tardar: una semana, dos... lo que sea necesario. Pero no va a haber ninguna mala intención. Hay que verificar las situaciones concretas de cada penado, pero no más.

Luego, habrá que estudiar caso por caso.

La Justicia no se produce en serie. En serie se producen las latas de conserva. Hay que analizar cada caso concreto, verificar los datos, las liquidaciones de condena, los beneficios penitenciarios... y una vez que se sepa cómo queda el cálculo, se fija fecha para la excarcelación.

¿Puede esquivarse la ejecución de la sentencia de Estrasburgo a través de algún tipo de ingeniería jurídica?

Las ingenierías se estudian en las escuelas técnicas superiores de ingenieros. El derecho y la ingeniería son como el agua y el aceite. Fue una frase poco afortunada del ministro del Interior que pudo tener su impacto mediático pero que no casa con el derecho.

Falta por pronunciarse el Tribunal Constitucional. ¿Puede enmendar la plana al Supremo y a la Audiencia Nacional?

Esa pregunta habría que hacérsela al Tribunal Constitucional. En cualquier caso, es evidente que este tribunal deberá acatar la doctrina de la Corte de Estrasburgo.

Tras la decisión del Supremo, la AVT pidió la desaparición de este alto tribunal.

Las víctimas tienen derecho a expresarse y manifestarse como quieran, para eso son víctimas. Lo que me parece preocupante es que el posicionamiento de las víctimas haya sido alimentado por declaraciones desdichadas, dicho suavemente, acerca de las cosas que se han dicho de la sentencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos, de los magistrados de ese tribunal, en definitiva para intentar crear tribunales buenos y malos. Una de las posibles victorias de ETA es que el odio del verdugo se pase a las víctimas, se las contagie. Sobre esto habría que reflexionar.

En cierto modo, se acusa a los jueces y magistrados de connivencia con ETA.

En primer lugar hay que matizar y dejar claro que no son todas las asociaciones, sino algunas las que se expresan en estos términos. No haré la menor censura o el menor reproche a las manifestaciones que hayan hecho o puedan hacer las víctimas. Mi censura va dirigida contra las instancias políticas o no políticas que han dado pasto para este tipo de manifestaciones.

¿Qué le pareció la concentración en Madrid tras el fallo de Estrasburgo en la que participaron destacados miembros del partido en el Gobierno español y en la que se jaleó el desacato a esa sentencia?

Por prudencia prefiero guardarme mi opinión al respecto.

¿Teme que se vaya a convocar alguna otra manifestación de víctimas contra los jueces?

No lo sé, no lo creo. Pero insisto, no voy a hacer ningún reproche a las víctimas, porque han sufrido en sus carnes el fantasma del terror. Simplemente desearía que se liberasen del posible odio que puedan tener, porque para ser libres no hay que tener odio.

¿Se ha hecho pedagogía suficiente en este sentido?

En absoluto, se ha hecho justo lo contrario. Esa pedagogía se debía de haber hecho desde algunas instancias públicas que han obrado justo de manera inversa.

¿Se sienten presionados los jueces y magistrados por estas asociaciones de víctimas?

La función del juez está en presión permanente, pero el problema no es sentirse presionado sino caer en la presión, doblegarte a ella. En estos temas hay presiones constantemente, y quien diga lo contrario es un ingenuo o un alma angelical. Continuamente recibes presiones ambientales, de los medios de comunicación, de declaraciones de políticos. Dicho en términos coloquiales, eso va en el sueldo.

El fin de la violencia de ETA debería haber relajado el ambiente, pero por lo visto no lo ha llegado a hacer del todo.

Debería haberlo relajado porque estamos infinitamente mejor que antes, a pesar de que ETA aún no se ha disuelto. Aunque a la vista de algunas manifestaciones habría que dudar. ¡Claro que estamos mucho mejor que antes! ¡Claro que faltan reconocimientos expresos del daño causado por parte de los líderes de la izquierda abertzale, muchos de los cuales no han pisado la cárcel! La herencia de ETA se resume en dos palabras: escuela de odio y fuente de dolor. Lo lamentable es que la escuela de odio siembra contagios.

Tras el anuncio de ETA, ¿debe la justicia adaptarse al nuevo escenario o mantenerse tal y como venía afrontando los casos de terrorismo?

La justicia ni se quiebra ni se dobla a nadie. Hay que declarar el derecho, por tanto las causas penales tienen que seguir adelante, y tienen que dictarse las sentencias. Y luego ya en fase de ejecución, actuar en función de las circunstancias concretas de cada caso. Por ejemplo, los presos de la denominada vía Nanclares han hecho una autocrítica muy seria, saludable y sincera que debería tenerse en cuenta a la hora de seguir cumpliendo la condena.

Desde algunos sectores se pide una justicia transicional, de borrón y cuenta nueva.

La justicia es justicia. No conviene adjetivar este tipo de cuestiones. Si por justicia transicional se entiende hacer un jubileo de una especie de amnistía, eso no es posible. Las causas están abiertas, lo que está prescrito evidentemente está prescrito, hay que declarar el derecho, y a la hora de la ejecución de la condena es donde caben situaciones de cara a una respuesta humanizada. Si a eso se le llama justicia transicional, pues será así, pero en ningún caso se puede entender como tal el archivo de todos los delitos que están pendientes de ser juzgados. No procede.

¿El Gobierno español tendría en su mano la resolución del proceso cambiando la política penitenciaria?

Evidentemente, porque la política penitenciaria depende del Ministerio del Interior. Hay opciones, desde los terceros grados hasta los indultos.

¿Es legal y justo el alejamiento de los presos de ETA?

Siempre me he manifestado en contra de esto, incluso en la época de los años de plomo en los que estuve ejerciendo en Euskadi. Y ahora con más razón. No tiene sentido y por eso es una de las cuestiones donde más claramente debería haber un cambio en la política penitenciaria. También es cierto que a veces se ha utilizado este alejamiento por el mundo de la izquierda abertzale y la propia ETA para impedir que algunos presos puedan pensar por sí mismos. Se puede hablar de presos de ETA pero también de prisioneros de la propia ETA. Prisionero de ETA es quien no se atreve a dar el paso de preso a traidor.

La excarcelación del general Galindo, con solo cuatro años de cárcel sobre una condena de 75, ¿provoca el descrédito de la justicia?

También el preso de ETA Iosu Uribetxebarria Bolinaga está en libertad y hay que tomarlo con normalidad. El derecho penal nunca puede perder la máxima de la humanidad y eso es aplicable a todos los verdugos y condenados. Y eso es aplicable tanto al general Galindo, que efectivamente fue condenado por unos hechos muy graves pero tiene una edad avanzada, como a Bolinaga, que salió por su grave enfermedad.