vitoria. El Tribunal Supremo ha revocado el archivo de una causa abierta en 1984 a los presuntos miembros de ETA Eugenio Barrutiabengoa y Jesús Ricardo Urteaga, residentes en Venezuela, al entender que la petición de extradición cursada contra ellos en 1996, a pesar de haber sido rechazada, es un acto procesal "sustancial" suficiente para interrumpir la prescripción del delito.
El alto tribunal abre así la puerta a la posibilidad de que se pueda formular una nueva petición de entrega de estos presuntos miembros de ETA, a los que se atribuyen varios asesinatos. El Supremo ha adoptado esta decisión al estimar los recursos de la Fiscalía y de la AVT contra un auto de la sección primera de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional que confirmaba el sobreseimiento, decretado por el juez Santiago Pedraz.
Por otro lado, la defensa del activista Félix Alberto López de la Calle Gauna, alias Mobutu, ha solicitado al Tribunal Supremo que le absuelva del atentado que costó la vida a tres guardias civiles en 1980 al entender que los hechos se encontraban prescritos cuando se le condenó a la pena de 81 años de cárcel.
La defensa se apoya en el voto particular que formuló la magistrada Clara Bayarri en el que negaba la validez de las declaraciones de las dos coimputadas porque fueron realizadas "al amparo de la denominada ley antiterrorista, con incomunicación gubernativa y sin efectiva asistencia de letrado".
Por su parte, la fiscal y la acusación particular han impugnado los motivos alegados por el recurrente y reclaman la confirmación de la sentencia condenatoria ya que el auto de prisión emitido en el año 2000 interrumpió el plazo de prescripción de los delitos.