MADRID. El Tribunal Constitucional (TC) ha retrasado al menos hasta septiembre su decisión sobre los recursos de varios presos, la mayoría de ETA, contra la llamada "doctrina Parot", después de que la reunión del pleno convocada para esta semana concluyera ayer sin un pronunciamiento sobre este asunto.

Ante la "complejidad" que implica la interpretación de la "doctrina Parot" varios magistrados plantearon al presidente del Constitucional, Pascual Sala, la necesidad de aplazar este debate hasta después de las vacaciones de verano, cuando el tribunal retome su actividad, han informado fuentes del TC.

En la agenda del pleno de esta semana figuraban, entre otros asuntos, los recursos de 16 condenados -14 de ellos presos de ETA- a los que se ha aplicado dicha doctrina, que obliga a computar los beneficios penitenciarios sobre el total de las penas y no sobre el límite máximo de cumplimiento de 30 años de prisión.

Sin embargo, los once magistrados que componen este órgano, que ni siquiera abordaron el fondo del asunto, plantearon a Sala el aplazamiento del debate al considerar que cada recurso necesita un debate en profundidad puesto que las circunstancias de los recurrentes son distintas.

A esto hay que añadir que unos fueron condenados por el Código Penal de 1973 mientras que a otros se les aplicó el de 1995 pese a que los hechos juzgados eran anteriores, lo que hace difícil que el TC pueda aprobar un único pronunciamiento que avale o revoque la "doctrina Parot".

De hecho, el Constitucional ya aclaró el pasado mes de mayo en una nota oficial que resolvería "caso por caso" los recursos de los presos cuyas condenas se han revisado, y que no habría una solución genérica para todos los supuestos.

Los 16 recursos que el pleno tenía en el orden del día eran los primeros de los 28 admitidos a trámite por el alto tribunal, de los que veinticuatro han sido interpuestos por presos de ETA, condenados por múltiples causas de terrorismo, cuya estancia en prisión se ha prolongado al aplicarles el nuevo cálculo de los beneficios penitenciarios.

El Tribunal Supremo estableció la "doctrina Parot" el 20 de febrero de 2006 en una sentencia en la que rechazó un recurso del exmiembro del "comando itinerante" de ETA Henri Parot y ordenó que el cómputo de las redenciones se hiciera el total de las condenas y no sobre el límite máximo de cumplimiento de 30 años.