MADRID. En el auto hecho público este jueves, el alto tribunal valida las declaraciones de un testigo protegido, un vecino que denunció haber sufrido amenazas durante la vista por estos hechos que se celebró el pasado 14 de julio ante la Sección Segunda de lo Penal de la Audiencia Nacional. El Supremo avala la decisión del tribunal de de impedir a los acusados que pudieran conocer su identidad durante el juicio.

La resolución, de la que ha sido ponente el magistrado Julián Sánchez Melgar, señala que no cabe realizar reproche alguno a la Audiencia Naional porque la denuncia de emisión de gritos a favor de ETA durante una manifestación en una localidad pequeña, como es Zarautz, donde además se han producido numerosos actos terroristas, supone sin duda un riesgo para la integridad de los testigos que efectuaron las manifestaciones incriminatorias.

Se añade que la defensa pudo interrogar al testigo sin ninguna cortapisa, por lo que no pudo darse infracción a la tutela judicial efectiva que denunciaron las defensas de los acusados.

Todos los testigos en esta causa coincidieron en que los gritos a favor de ETA se emitieron en más de una ocasión y que, en cualquier caso, "la realización del tipo no exige la repetición de la expresión enaltecedora".