madrid. El Tribunal Supremo (TS) ha rebajado las penas de entre ocho años y medio y catorce años y medio de prisión que fueron impuestas por la Audiencia Nacional a once presuntos terroristas islamistas detenidos en 2008 acusados de planear un atentado suicida contra el metro de Barcelona. Así lo acuerda la Sala de lo Penal del Supremo en una sentencia, notificada ayer, en la que estima los recursos de los condenados, rechaza el interpuesto por el fiscal y les impone penas de entre seis años y ocho años y medio de cárcel.
Según el TS, la Audiencia no motivó suficientemente "esta exasperación punitiva" cuando "la acción proyectada estaba en una fase tan embrionaria que la propia sentencia les absolvió del delito de conspiración para delinquir", por lo que acuerda que las condenas no superen el mínimo legal.
La Audiencia Nacional condenó a los once, diez paquistaníes y un indio, por integración en organización terrorista, pero no por conspiración para atentar a pesar de la solicitud del fiscal en este sentido, lo que confirma el Alto Tribunal al considerar que la conspiración "exige concreción del acto delictivo". En este caso, según explica la sentencia, el plan alcanzaba una acción con explosivos en el metro de Barcelona, pero en el momento de la detención de los acusados éstos no disponían más que de una mínima cantidad de una sustancia que pudiera usarse como explosivo y de otros elementos insuficientes para la confección de los artefactos.
"En el momento de la detención no habría posibilidad alguna de producir objetivamente resultado delictivo", añade la resolución.
El principal acusado, Mahroof Ahmed Mirza, fue condenado a 10 años y medio, pena que el TS rebaja a 8 años. Las penas más altas correspondieron a Qadeer Malik y Shaib Iqbal, a quienes se les impusieron 14 años y medio que han quedado en 8 y medio. El resto ha visto reducida su pena en dos años y solo cumplirán seis en prisión.