madrid. El Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) acordó ayer no asumir la competencia para investigar la querella del PSOE contra el presidente de la Generalitat, Francisco Camps, y otros 16 miembros del Gobierno valenciano y del PP regional por prevaricación y financiación irregular. La causa de esta decisión no radica en la supuesta inocencia de Camps y sus delfines, sino en todo lo contrario. Así, la Sala de lo Civil y Penal del TSJCV notificaba ayer un auto en el que señala que la querella y el "cualificado" informe policial en el que se basa, "contienen hechos de posible significación delictiva" que "necesariamente se deben investigar" para averiguarlos.
Que el Alto Tribunal valenciano no se encargue de esas pesquisas es sólo una cuestión de orden. Para los magistrados del TSJCV, lo único que queda "en cuestión" es "qué órgano judicial" es el competente para investigar, con el fin de evitar "posibles duplicidades e interferencias procedimentales", y según mantiene, ha de ser el TSJ de Madrid quien lo haga. La razón es que esa instancia ya está investigando la trama Gürtel y, conforme al criterio del Ministerio Fiscal, es partidario de que la investigación bajo la dirección del magistrado Antonio Pedreira para evitar "duplicidades". Sin embargo, debido a que entre los acusados pudieran aparecer aforados en las Cortes, el Supremo también podría reclamar para sí las pesquisas.
auto Según el informe policial en el que se basaba la denuncia de los socialistas, "la forma de actuar responde a un patrón de conducta", basado "en la obtención de favores" por parte de responsables políticos del PP con capacidad directa de decisión "en el ámbito de contratación", o con una posición de prevalencia en el partido que les permitía influir en este sentido. El Alto Tribunal valenciano entiende que la "reiteración" y "contundencia" de los argumentos expuestos en el informe apuntan la necesidad de "una única perspectiva judicial" y "un único procedimiento penal para su averiguación".
Añade en este sentido que "la fragmentación procesal propiciada por la existencia de los distintos aforamientos podría ser perjudicial". Así, concluye al respecto que el juez Pedreira "puede realizar y practicar las diligencias que estime oportunas", si bien "no podría realizar actos que, en sí mismo, determinen la sujeción de un aforado a otro tribunal". Las competencias para llevar a cabo una inculpación o practicar diligencias "que incidan de forma directa sobre personas aforadas ante esta Sala corresponden al Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana" o al Tribunal Supremo, advierte el auto. El tribunal valenciano, a quien el juez Pedreira denegó información que se encontraba bajo secreto de sumario, aduce que no ha podido conocer todo el "alcance" de los hechos.