Uno de los enemigos más habituales de los conductores, especialmente de aquellos que piensan que las normas a ellos no les afectan, son las multas de tráfico. Pero una sanción le puede caer a cualquiera, por una distracción en un semáforo o en un stop, por aparcar en un sitio incorrecto o por llevar las luces de manera incorrecta. Hay mil motivos para poder recibir una multa y buena parte de los conductores acaba teniendo que hacer frente a al menos una.

Se puede pagar y reclamar

En muchas ocasiones la decisión, aunque la multa nos parezca injusta, es abonarla lo antes posible para aprovechar que el pronto pago reduce la sanción a la mitad, por miedo a que no nos den la razón en los recursos administrativos y terminemos pagando el doble.

Pagar la multa implica renunciar al recurso por la vía administrativa (salvo que se haya vulnerado algún derecho fundamental), como establece el artículo 85 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, porque estamos reconociendo nuestra responsabilidad. Pero aún nos queda otra opción para recuperar nuestro dinero: la vía judicial. Así lo dicta la sentencia 232/2021 del Tribunal Supremo.

Pasos necesarios

Para poder recurrir a la vía contencioso-administrativa, para lo que conviene contar con el apoyo de un abogado, hay que seguir los siguientes pasos, según explica el RACE. En primer lugar, obtener todos los documentos de la multa: el boletín de denuncia, el justificante del pago y los documentos incluidos con la multa (fotos, identificación del denunciante, etcétera).

A continuación hay que acceder y obtener copias de los documentos del expediente administrativo, como imágenes, vídeos, certificados de calibración del radar, etc, y tener en cuenta que existe un plazo máximo de dos meses para presentar la reclamación desde el día en el que se pagó la multa.

Después hay que redactar y presentar la demanda contencioso-administrativa, en la que deben constar los hechos y adjuntar todos los documentos que sirvan de prueba en el expediente. Igualmente, hay que solicitar la anulación de la sanción y por tanto la devolución del importe abonado, e incluso se puede pedir la suspensión de la ejecución del acto sancionador.

Tras presentar todas las pruebas, el juez decidirá la celebración de la vista y sólo quedará conocer la sentencia. Si es favorable, se anulará la sanción y se solicitará la devolución de lo pagado. Si es desestimatoria, la Administración se quedará con el dinero ya pagado por la multa.

Devolución por error en el pago

También existen casos en los que no es necesario recurrir a la vía judicial para que te devuelvan el dinero, pero tienen que ver con errores cometidos en el pago. Por ejemplo, si has pagado dos veces la multa por error o si el importe abonado no coincide con la sanción. En ese caso habría que acudir a una jefatura de Tráfico o a través del Registro Electrónico de la DGT. El procedimiento es gratuito, pero hay que ser conscientes de quién es el que ha puesto la multa, porque si es un ayuntamiento y reclamamos en Tráfico no servirá de nada.