El Tribunal Supremo (TS) suspende cautelarmente la transferencia a la Comunidad Autónoma del País Vasco (CAPV) de la competencia sobre homologación de títulos universitarios extranjeros, convencido de que no causará impacto en su aplicación. La decisión, que se ampara en la celeridad que interpreta que va a poder aplicar a su resolución definitiva, no sería más que anecdótica si bajo los recursos no hubiera efectos más perniciosos. La transferencia quedó cerrada recientemente, entre las últimas acordadas por el Gobierno de Iñigo Urkullu, y su aplicación efectiva requiere del margen temporal de adaptar la estructura administrativa y desarrollar procedimiento. El problema es que los recurrentes, la Unión Profesional y diversos Colegios profesionales, cargan contra el fundamento de la competencia con argumentos que, de ser atendidos, solo harían posible un modelo administrativo centralizado, del que estas organizaciones pueden participar. Entre sus razones está la presunción de una diversidad de requisitos y exigencias de acceso al ejercicio profesional homologado en el sector público por el hecho de que haya más de una administración gestora. Lo hacen sin que exista desarrollo reglamentario del procedimiento y, en consecuencia, prejuzgando el mismo, por lo que sería sorprendente que el TS valorase una normativa que aún no existe y que, al afectar al cuerpo constitucional del Estatuto, debería ser preservado de su intervención. Más allá de este extremo subyace el temor de algunos Colegios y organizaciones a perder protagonismo como representantes de los profesionales. Auguran que la norma vasca dejaría sin efecto su participación recogida ahora en el procedimiento Estatal centralizado, que en el fondo se limita a un informe preceptivo pero no vinculante. El fondo de la transferencia, además de ser competencia recogida en el Estatuto, no es un problema de diferenciación de condiciones sino de eficiencia, agilidad administrativa y capacidad mediante la aplicación del principio de subsidiariedad. La preocupación por un eventual intrusismo no acreditado no debe frenar un modelo de gestión más eficaz que no amenaza la igualdad y competitividad de los profesionales. Igual que la que estos profesionales cualificados disfrutan cuando ejercen fuera del Estado.