Jubilación flexible, la nueva estrategia legal para frenar el déficit público estatalIban Aguinaga
El Boletín Oficial del Estado (BOE) publicó el pasado 28 de mayo el Real Decreto por el que se regula el régimen jurídico de la jubilación flexible. La nueva normativa, incluida en la reforma de las pensiones acordada en la Mesa de Diálogo Social, y que también modifica el régimen de la jubilación demorada,entrará en vigor el próximo 28 de agosto.
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Esta regulación se enmarca, a su vez, en una serie de cambios normativos recientes como el Real Decreto 11/2024, que entró en vigor el 1 de abril de 2025, y que introdujo reformas en las modalidades de jubilación activa, parcial y flexible, con el objetivo de compatibilizar el cobro de la pensión con una actividad.
"Ya desde 2025 se permite esta flexibilidad. Por una parte, se trata de una forma de facilitar una transición más ordenada hacia la jubilación, con porcentajes de tiempo de trabajo. Por otra, y teniendo en cuenta el problema que hay con el tope de las pensiones, lasempresas necesitan rejuvenecer sus plantillas", apunta Belén Ferrer, directora de previsión social de la multinacional de recursos humanosLLHH.
Relevo generacional
Durante el primer trimestre de 2026, la tasa de paro estatal se sitúo en un 10,83%. Respecto al desempleo juvenil (menores de 25años), la media en el Estado alcanzó un 24,5% - en Euskadi fue del 21,9% -, según datos del Ministerio de Trabajo y Economía Social y de la Encuesta de Población Activa (EPA)del Instituto Nacional de Estadística (INE).
En este contexto, las empresas españolas cuentan con entre un 20% y un 25% de personal mayor de 55 años que no se jubila, sobre todo, por motivos económicos, personales y familiares. A su vez, existe una falta de talentogeneralizado en todos los sectores que se refleja en que el 65% de las empresas tiene problemas de reclutamiento. "Necesitamos hacer un relevo generacional", afirma la experta.
Las personas trabajadoras que deciden demorar su jubilación más allá de la edad ordinaria han pasado del 4,8% en 2021 al 10,9% en 2025
Dentro de este escenario, la jubilación flexible solo representa una modalidad de las cuatro que permiten compatibilizar trabajo y pensión. Respecto a su impacto en la incorporación de talento joven al mercado laboral, va a depender de cómo las empresas quieran aplicar la norma.
Por ejemplo, si una persona trabajadora de 60 años se jubila parcialmente - a media jornada - con un contrato de relevo, esto va a permitir incorporar a una persona joven a tiempo completo que va a recibir, a su vez, el conocimiento y la formación del sénior. Esto no ocurre con la jubilación flexible, donde no hay por qué incorporar a nadie.
"Es importante que las empresas conozcan bien la aplicación de la norma y que la cultura empresarial vaya en esta línea.Ya hay compañías que están implementando este tipo de políticas de jubilación parcial con contrato de relevo que compaginan, por una parte, el cuidado del talento sénior y, por otra, el impulso a la contratación de jóvenes", concluye Belén Ferrer.
Las cuatro modalidades de jubilación vigente (relacionadas con el trabajo):
- Parcial: permite mantener a la persona trabajadora en alta, reduciendo el porcentaje de la jornada entre un 25% y un 75%. Se puede hacer con o sin contrato de relevo. Si es con contrato de relevo, se incorpora una persona joven a la empresa al 100% de su jornada.
- Demorada: permite que cuando una persona llega a la edad ordinaria de jubilación y, en el caso de que no pueda acceder a la porción de su pensión al faltarle años de cotización, puede demorar la jubilación, cobrando el 100% del salario de la empresa. Se da un pago único al año para compensar esa demora.
- Activa: permite seguir trabajando por cuenta ajena o propia; siempre en el sector privado. Tiene que haber pasado al menos un año desde la edad ordinaria de jubilación, haber cotizado durante un mínimo de 15 años y no pueden acogerse a ella quienes se hayan beneficiado de bonificaciones o anticipaciones.
- Flexible: permitecompatibilizar la pensión con un trabajo por cuenta ajena a tiempo parcial o con una actividad por cuenta propia. Se puede acceder en cualquier momento, una vez reconocida la pensión.
*Jubilación anticipada: depende de la edad en que la persona se jubila. Si lo hace en su edad ordinaria y con el 100% de la jubilación, solo puede acceder a la jubilación activa.
Autónomos e incentivos económicos
Por otro lado, una de las novedades más llamativas del decreto es queabre la posibilidad a las personas trabajadoras autónomas a que puedan acogerse a la jubilación flexible - antes estaba únicamente dirigida a las asalariadas a tiempo parcial -, siempre que no hayan estado dadas de alta en el RETA en los tres años anteriores a la fecha del retiro. Así, el pensionista podrá percibir hasta un 25% de la pensión mientras desarrolla la actividad por cuenta propia.
"Se ha hecho con tantas trabas que el impacto va a ser nulo, en torno a 300 autónomos al año en todo el país", afirma Lorenzo Amor, presidente de ATA - Federación Nacional de Empresarios y Trabajadores Autónomos.
En los próximos seis años, en torno a 600.000 profesionales autónomos se van a jubilar. De estos, unos 150.000 se van a acoger a la jubilación activa, frente a los 1.800 que se prevé se acojan a la flexible
En este sentido, existe desde hace más de una década la jubilación activa, que permite compatibilizar el trabajo con la pensión. Según estimaciones de la ATA, unos 100.000 autónomos están acogidos a esta modalidad, donde se recibe el 50% de la pensión si no hay trabajadores a cargo, y el 100% si se tiene algún trabajador.
"La jubilación flexible solo recoge el 25% de la pensión cuando en la activa es el 50%. Es verdad que se elimina la necesidad de un año de carencia que es obligatorio en la jubilación activa, pero hubiera sido mucho más efectivo quitar ese año y así hacerlo más sencillo", explica el presidente de la ATA.
Hasta el 80% de la jornada parcial
Otra novedad es que al acceder la jubilación flexible pasados al menos seis meses desde el retiro, la persona pensionista percibirá un porcentaje adicional de pensión. Así, las jornadas a tiempo parcial que se encuentren entre el 55% y el 80% incrementarán el importe de la pensión en un 25% adicional, mientras que las que sean igual o superior al 33% pero inferiores al 55%, subirán un 15% extra.
En el caso de realizar una actividad por cuenta ajena a tiempo parcial, la horquilla para esta jornada se abre del 33% al 80% - antes era de entre el 25% y el 75% - . Por su parte, la cuantía de la pensión -en relación a la de una persona trabajadora a tiempo completo -, se reducirá en proporción inversa a la disminución de la jornada de trabajo. Además, se podrá acceder a la jubilación flexible en cualquier momento, una vez reconocida la pensión.
Sistema de pensiones deficitario
"Todas estas medidas vienen a ser un intento de alargar la vida laboral de las personas pensando más en un déficit de la caja de las pensiones que en un tema de conservartalento sénior", afirma Carlos Pereda, responsable de empleo de Confebask.
El mercado laboral - vasco, estatal y europeo - está envejeciendo y hay una avalancha de lo que desde Confebask se denomina como "La Gran Jubilación", en referencia a la generación del baby boom (1946-1964) que está a punto de retirarse, lo que está disparando el coste de las pensiones. "En los próximos 10 años, la mitad de los que estamos trabajando se va a jubilar, esto afecta a unas 520.000 personas en Euskadi", continúa.
En 2016, el 48% de las empresas en Euskadi tenían dificultades para encontrar personal cualificado en general; en 2026 el resultado es del 91%
Así, esta generación ha actuado como tapón para las nuevas generaciones, aunque también ha dejado huecos en el mercado laboral que están siendo muy bien aprovechados por la generación Z (1997-2012). "Como la Z es menor en número de personas, el tapón es cada vez menor", explica Pereda.
A pesar de esta incorporación, las empresas tienen dificultades para encontrar perfilescualificados, siendo los industriales los que cuentan con mayor proyección profesional. "Los jóvenes que estudian Formación Profesional consiguen trabajo en menos de un año", afirma.
Otro elemento clave para el mercado laboral es lo que desde Confebask llaman el ‘Invierno Demográfico’, en referencia a que no hay suficientes nacimientos que sustituyan a las jubilaciones. En este sentido, la contratación de mano de obra extranjera es necesaria. "Es una realidad", explica Pereda.
Con todo, la valoración que hace la patronal vasca de la reforma es "positiva" siempre y cuando beneficie a todo el sistema."Cosa distinta es que para el sistema de pensiones pueda ser insuficiente. El sistema necesita una reforma y da la sensación de que con tantas jubilaciones va a ser deficitario y habrá que tirar de presupuesto para compensar. Es la realidad que estamos viviendo", concluye Carlos Pereda.
Recortes en derechos sociales
Esta valoración positiva no es compartida por la visión sindical, que considera que con la nueva reforma lo que realmente se pretende es retrasar al máximo posible la edad de jubilación, incentivando a las personas pensionistas a que vuelvan al trabajo. "Se trata de otro acuerdo más del diálogo social (CC.OO.,UGT y la patronal) donde se da cobertura a recortes en pensiones o derechos sociales", afirma Aitor Murgia, responsable del gabinete de estudios de ELA Sindikatua.
Para la organización, el objetivo no es fomentar un envejecimiento activo, tal y como se afirma desde el Gobierno español, si no reducir el gasto del sistema de pensiones para su futura sostenibilidad. "En general, trabajar no es la mejor opción para continuar activo. Hay muchas y mejores formas. Es difícil pensar que una persona ya jubilada vuelva a su puesto de trabajo si no es porque tiene necesidades económicas o una pensión muy reducida. La mayoría de la gente con pensiones superiores no van a volver al trabajo", continúa.
"Aquellas personas con pensiones más bajas se verán obligas a acogerse a la jubilación flexible, es decir, a trabajar durante más años para poder tener una pensión mayor. Y esto afectará especialmente a las mujeres."
Aitor Murgia
. Responsable del Gabinete de Estudios de ELA
En cuanto a la gestión del talento sénior, desde ELA consideran necesario que haya planes en las empresas para la transmisión del conocimiento,pero que se deben implementar antes de la edad de jubilación, no después. Además, estiman que este tipo de medidas pueden suponer una barrera para las personas jóvenes a la hora de incorporarse al mundo laboral. "Si la administración pública tiene la voluntad de abaratar el sistema de pensiones, es mejor que entren más jóvenes al mundo laboral, con sueldos y condiciones dignas, que tratar de incentivar que una persona jubilada continúe trabajando", afirman.
"En conclusión, las personas que más sufren la precariedad se verán obligadas a alargar su vida laboral. Hay que buscar otras fuentes de financiación del sistema público de pensiones, por ejemplo, a través de los impuestos, para garantizar un reparto justo de la riqueza", concluye el responsable.