Madrid - Más del 90% del total de contratos firmados en marzo en el Estado español tuvo un carácter temporal, según un análisis de UGT, que subraya que tres de cada diez de estos contratos eventuales tenían una duración igual o inferior a una semana. El sindicato denuncia el aumento de esta práctica “abusiva”, ya que, desde 2009, este tipo de contratos de muy corta duración ha aumentado ocho puntos su peso en el mercado laboral, afectando sobre todo a mujeres y jóvenes.
La mayor parte de estos contratos se concentra en la modalidad de eventual por circunstancias de la producción, donde ocupan 45 de cada 100 contratos registrados en esta categoría. A su vez, más de una cuarta parte de los contratos de interinidad tiene una duración máxima de una semana.
De los 402.679 contratos de duración de una semana registrados en marzo, un 59% corresponde a una jornada completa de trabajo y un 41% a una jornada a tiempo parcial. Por su parte, del total de los contratos a tiempo completo, casi la cuarta parte tiene una duración máxima de siete días; en el caso de los contratos parciales, el porcentaje se eleva por encima del 31%.
Destaca la incidencia de estos contratos en las actividades artísticas y de ocio (un 54,4% de los contratos del sector), la hostelería (un 43,4%) y las actividades sanitarias y servicios sociales (casi el 36%).
inestabilidad laboral El sindicato UGT advierte en su informe de las consecuencias de este tipo de contratos, como el aumento de la precarización en las condiciones de trabajo, de la inestabilidad laboral y familiar y del riesgo de siniestralidad, la falta de formación y la mayor dificultad para el acceso a las prestaciones, de desempleo y de Seguridad Social.
Ante esta realidad, UGT reclama más controles en las empresas y administraciones publicas para estos contratos, sancionando su uso “injustificado” y haciendo cumplir la ley de la Seguridad Social sobre recargo en las cotizaciones.
Además, el sindicato exige una justificación previa para el uso de esta modalidad contractual, la fijación de topes específicos al encadenamiento de los mismos y ampliar el ámbito de aplicación del recargo en la cuota a los contratos indefinidos de duración efectiva inferior a siete días.
Asimismo, pide ampliar el ámbito de aplicación del recargo en la cuota a los contratos indefinidos de duración efectiva inferior a siete días, puesto que las situaciones anteriores “pueden producirse a pesar de estar al amparo de un contrato indefinido, así como al resto de modalidades de contratación”. - E. Press