Bilbao - Una sentencia reconoce que las revisiones médicas deben incluirse dentro del horario laboral, y en caso contrario computarse como tiempo de trabajo efectivo. El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) ha dado la razón a CCOO-Euskadi reconociendo el derecho de los trabajadores de una empresa que presta servicios en polideportivos de Bizkaia a pasar revisiones anuales dentro de su horario laboral o a que se les compense el tiempo invertido en acudir a la mutua en caso de que la revisión se realice fuera de las horas de trabajo.
El fallo, que llega tras desestimarse la pretensión del sindicato en primera instancia, es importante al tratarse de un sector en el que las revisiones del estado de salud son imprescindibles por la exigencia física que requiere el trabajo en polideportivos. Por otra parte, sienta las bases para que las revisiones médicas voluntarias recogidas en otros convenios de otros sectores y empresas se incluyan dentro del horario de trabajo.
La periodicidad de estos controles depende del tipo de actividad, explican desde CCOO, y recomiendan a los trabajadores pasar las revisiones recogidas en el convenio, normalmente voluntarias, ya que con la crisis muchas empresas encuentran en la salud laboral un espacio para el ahorro si el trabajador no acude a la mutua. Yolanda Tenorio, de CCOO-Euskadi, recuerda que se trata de un derecho y que la empresa está obligada a costear las revisiones recogidas en convenio si el trabajador las solicita.
En el caso de Guedan Servicios Deportivos, la central vasca ya había solicitado que se reconociera el derecho de sus 350 trabajadores, la mayor parte de los cuales tiene jornada parcial, a pasar un reconocimiento médico una vez al año dentro de la jornada, tal y como se recoge en el convenio de Locales y Campos Deportivos de Bizkaia.
Tras ser denegado en primera instancia, el sindicato recurrió el fallo al entender que vulneraba la ley de prevención de riesgos laborales, que dice que los reconocimientos deben ser gratuitos. El TSJPV sí reconoce el derecho de la plantilla de Guedan a pasar revisión dentro del horario en una sentencia en la que el magistrado tiene en cuenta “no solo el punto de vista económico, también el social”, explica el sindicato, lo que se traduce “en la inexigencia de tener que soportar la realización de los reconocimientos, por mucho que sean voluntarios o condicionados, fuera de la jornada”.
En casos como el de Guedan, en el que debido al alto número de empleados a media jornada no es posible coordinar las revisiones de toda la plantilla dentro del horario de trabajo, el juez entiende que el tiempo que se invierte en acudir al médico debe computar como tiempo trabajado, descontándose de la jornada.
CCOO se felicita por la sentencia, que considera se puede extender a otros sectores. “Los reconocimientos médicos, a pesar de su voluntariedad, nunca deben suponer una carga, coste o consecuencia negativa para la plantilla”, asegura la central sindical.
Propuestas al diálogo Por otro lado, CCOO-Euskadi hará públicas hoy sus propuestas concretas que llevará a la mesa de diálogo social con UGT, Confebask y el Gobierno Vasco. El sindicato ya ha adelantado algunas de sus demandas como el blindaje de la RGI o medidas con dotación presupuestaria para impulsar el empleo.
Empresa Guedan. La sentencia del TSJPV da la razón a CCOO-Euskadi en su reclamación de que se reconozca el derecho de los trabajadores de la empresa Guedan Servicios Deportivos a pasar controles médicos dentro de la jornada.
Compensación. En caso de que no sea posible incluir el control dentro del horario, el magistrado indica que debe compensarse el tiempo invertido en acudir a la mutua, descontándose del tiempo de trabajo.
Otros sectores. La sentencia allana el camino para que en otros sectores los trabajadores puedan pasar el control médico recogido en convenio dentro de su jornada. Aunque estos controles son voluntarios, desde CCOO recuerdan que son un derecho y que la empresa está obligada a costearlos siempre que los trabajadores los soliciten.