GASTEIZ. Así, el próximo año serán inhábiles a efectos laborales el 6 de enero, Epifanía del Señor, el 5 de abril, Jueves Santo, el 6 de abril, Viernes Santo, el 9 de abril y Lunes de Pascua de Resurrección.

También lo serán el 1 de mayo, Fiesta del Trabajo, el 15 de agosto, Asunción de la Virgen, el 12 de octubre, Fiesta Nacional de España, el 25 de octubre, Día del País Vasco-Euskadiko Eguna, el 1 de noviembre, Todos los Santos, el 6 de diciembre, Día de la Constitución Española, el 8 de diciembre, Inmaculada Concepción y el 25 de diciembre, Natividad del Señor.

En 2012 serán también inhábiles para el trabajo, retribuidos y no recuperables, hasta dos días con carácter de fiestas locales, que se establecerán por los delegados territoriales del Departamento de Empleo y Asuntos Sociales, a propuesta del pleno de los ayuntamientos respectivos, pudiendo ser comunes o no en los diversos términos municipales de cada territorio.