LAS Cámaras de Comercio necesitan iniciar un proceso de reflexión sobre su futuro a medio y largo plazo, ya que tras el decreto Ley 13/2010 que elimina la obligación de pagar la cuota cameral, existen dudas sobre si estas instituciones puedan mantenerse como corporaciones de derecho público de base privada.
La eliminación de la adscripción obligatoria de las empresas a las cámaras y la supresión de la obligatoriedad del pago de la cuota cameral decidida por el Gobierno Zapatero en diciembre -respondiendo a las presiones de la CEOE y de las grandes corporaciones- ha hecho que las Cámaras entren en un nuevo escenario que abre una laguna legal aún por resolver.
A este panorama se le añade la dimisión el pasado miércoles del presidente del Consejo Superior de Cámaras de Comercio, Javier Gómez-Navarro, que ha decidido poner punto y final a seis años de gobernanza en desacuerdo con las medidas adoptadas por el Gobierno central y que añaden mayor inestabilidad a una situación ya de por sí incierta y compleja. La inacción y la falta de reacción en el seno de las Cámaras desde que en diciembre se promulgó el decreto ley por parte del Ejecutivo de Zapatero es evidente.
La nueva normativa que afecta de lleno a la propia identidad de las Cámaras como organismo público, responde a la "necesidad de liberar recursos que recaen sobre dos millones y medio de empresas activas en el mercado en el Estado para contribuir a mejorar su competitividad", tal y como la justificó Zapatero.
La adopción de la medida significa que las Cámaras de Comercio, a partir de ahora, estarán integradas por aquellas personas físicas o jurídicas que quieran ser miembros de manera voluntaria y que decidirán su representación y la composición de los órganos de gobierno, así como la cuota a pagar.
La eliminación de la obligatoriedad de las empresas de pertenecer a las Cámaras y, con ello, el cambio de su personalidad jurídica de una corporación de derecho público a una asociación privada, significa en sentido estricto una ausencia de legitimidad derivada de la contradicción del decreto del Gobierno que, por un lado, reconoce que siguen siendo corporaciones de derecho público, mientras que, por otro lado, rechaza la obligatoriedad de la adscripción de las empresas. El catedrático de Derecho Constitucional de la Universidad de Sevilla, Javier Pérez Royo, en un dictamen solicitado por una empresa sevillana al que ha tenido acceso NOTICIAS DE ÁLAVA, es muy claro en ese sentido. "Una vez suprimida la excepción de la vigencia del derecho de asociación en su vertiente negativa, entra en juego el derecho de asociación en su vertiente positiva y ello exige, en primer lugar, que sean las personas físicas y jurídicas que ejercen el derecho de asociación, las que decidan el contenido del derecho que están ejerciendo y que el legislador respete esa decisión", afirma el catedrático sevillano en sus conclusiones.
Encomiendas de la Administración
¿Carácter público o privado?
Según Pérez Royo, el alcance de la reforma de la Ley de Bases de 1911 por la que se regían hasta ahora, las Cámaras de Comercio "conlleva necesariamente una mutación en la naturaleza jurídica de las Cámaras de Comercio, que dejan de ser corporaciones resultantes de una decisión legislativa para pasar a ser asociaciones resultantes del ejercicio del derecho fundamental de asociación".
El hecho de que en este momento las Cámaras se encuentren en un proceso constituyente, y no de simple reforma, hace que se ponga en cuestión su legitimidad, a pesar de que hay dictámenes de la Abogacía del Estado, de la dirección de Comercio y del Ministerio de Economía, que no ponen en duda que las Cámaras no sean corporaciones de derecho público.
En este sentido, fuentes de la Cámara de Gipuzkoa han señalado a este periódico que la introducción de la figura de las encomiendas a las Cámaras para la gestión y prestación de servicios a las empresas por parte de las Administraciones, que se ha recogido en la ley de Economía Sostenible aprobada el pasado mes, hacen que perviva el carácter público, porque tendrán como destino al conjunto de las compañías, estén dentro o no como socios.
Según esta interpretación, la vocación pública de las Cámaras continúa, en tanto en cuanto las encomiendas tienen su origen en la Administración y tienen como objeto el conjunto de las empresas y los autónomos que, de esta forma, son beneficiarias de la actividad cameral. Sin embargo, estos encargos de las Administraciones pueden provocar algún problema de competencia y conflicto con la iniciativa privada precisamente por haber perdido su carácter público.
A juicio del presidente de honor del Consejo Superior de Cámaras de Comercio, Guillermo de la Dehesa, el cambio de modelo cameral plantea dos problemas importantes. Por un lado, la pérdida de la independencia, tanto frente a las Administraciones públicas como frente a las empresas cotizantes, ya que "las primeras influirán en las decisiones consultivas al darles subvenciones y las segundas utilizarán las cámaras para hacer lobby".
Ante esta situación varios empresarios vascos consultados por este periódico señalan que se debe poner en marcha un proceso de reflexión sobre las Cámaras que haga posible un cambio en profundidad de su funcionamiento. "Las Cámaras se deben a las empresas y si las necesidades de estas, el entorno en el que se mueven, las condiciones de gestión, y, en definitiva, el paradigma empresarial ha cambiado, se deberá efectuar una transformación que redefina los objetivos de estas instituciones en favor de una respuesta más acorde a las nuevas necesidades de las empresas", subrayan. Según las mismas fuentes, las Cámaras deben recuperar una legitimidad social que, en este momento, no está en su punto más álgido, por lo que es necesario establecer un contacto lo más amplio posible con el mundo empresarial para conocer sus necesidades y establecer los servicios que resulten adecuados tanto en el corto como en el medio plazo.