BILBAO. En la sentencia, fechada el 12 de enero y difundida hoy por la coordinadora "Anti-Coke", el juez da la razón a la asociación ecologista Meatzaldea Bizirik, que recurrió el acuerdo de la Junta de Gobierno local por el que se concedió la citada licencia.
El juez considera que la concesión de la licencia municipal "no era automática" -tal y como defendía el Ayuntamiento, que estimaba que se trataba de una "resolución debida"-, puesto que su "eficacia" "quedaba diferida y condicionada" al cumplimiento de una serie de requisitos contemplados en la autorización medioambiental integrada otorgada por el Gobierno vasco a Petronor.
Entre estos requisitos figuraban el de presentar un plan de mejora del rendimiento de las plantas de recuperación de azufre, presentar un proyecto para potenciar el tratamiento de aguas, ejecutar un programa de vigilancia medioambiental más amplio y elaborar un estudio anual del estado ecológico de la zona, entre otros puntos.
El juez concluye que la compañía petrolífera "no acreditó" el cumplimiento de esos requisitos y añade que "la trascendencia medio ambiental del caso desaconseja totalmente la exención de los requisitos".
La sentencia que anula esta licencia municipal puede ser recurrida ante el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco.