Vitoria. Segundo varapalo jurídico en seis meses para el presidente de Caja Vital, Gregorio Rojo. Si en el primero, fechado el pasado 2 de diciembre, el Juzgado de Primera Instancia de Vitoria determinó la "imposibilidad" de Rojo de concurrir al proceso electoral del 30 de marzo y declaró "nula" la Asamblea General de ese día, ayer fue la Audiencia Provincial la que ratificó el fallo y revocó el recurso de apelación interpuesto por la entidad alavesa. En este contexto, Rojo no sólo no contempla la posibilidad de dimitir sino que tiene previsto plantear al Consejo de Administración la conveniencia de recurrir este fallo ante el Tribunal Supremo en una reunión que se celebrará entre el próximo viernes y el lunes. En dicha reunión, según Efe, el presidente de Caja Vital intentará hacer valer el informe positivo que dio el Gobierno Vasco, como velador del cumplimiento de la Ley de Cajas, a la presentación de la plancha que encabezó en 2008. De momento, esa intención es sólo una hipótesis.
Ayer, en un auto de 11 folios, los magistrados Jaime Tapia, Edmundo Rodríguez e Iñigo Elizburu, que ejerció de ponente, revocaron parcialmente la sentencia anterior al declarar "nulo", únicamente, uno de los acuerdos alcanzados en la Asamblea General del 30 de marzo de 2008. En concreto, el fallo da la razón al PP -parte demandante en la causa- en cuanto al nombramiento como vocales del Consejo de Administración de Gregorio Rojo, que al día siguiente fue reelegido presidente, y a quienes integraban su candidatura, Alfredo Bruno Otxoa y Alfredo de Miguel. Este último ya dimitió de su cargo como vicepresidente segundo de la Caja y como diputado de Administración Local de Álava por su presunta implicación en una trama de corrupción urbanística investigada por un juzgado de Vitoria.
La Audiencia comparte la consideración del Juzgado de Primera de que Rojo "agotó sus posibilidades de reelección en 2004", y estima que el acuerdo de la Asamblea es "nulo" en la medida en la que el actual presidente concurrió a la elección pese a ser un candidato "que no podía hacerlo por haber cumplido ya el límite legalmente establecido", es decir, 12 años. La sección primera de la Audiencia indica además que en el caso de Rojo se había consumado la duración máxima del mandato, incluida la ampliación habilitada por la normativa.
Sin embargo, de forma sorprendente en un auto de estas características, la sentencia no aclara si cabe la posibilidad de presentar recurso de casación ante el Tribunal Supremo como opción legal extraordinaria. Fuentes jurídicas consultadas por este diario consideraron ayer este hecho una "mala praxis" que "no aclara" las cosas y ayuda "poco o nada" a que se esclarezcan los hechos.
¿situación de desamparo? Ante esta situación de desamparo, el escenario para la Caja plantea varias opciones. Puede presentar un recurso de aclaración -tiene 24 horas a partir de hoy- para conocer los motivos del no del ponente y, en función de su respuesta, mover ficha. Si el magistrado acepta este recurso, los servicios jurídicos de la Vital pondrán la maquinaria en marcha para presentarlo ante el Supremo. Si lo rechaza, la Caja podría saltarse a la Audiencia Provincial amparándose en un recurso de queja y acudir directamente a Madrid que podría, a su vez, estimar este recurso o denegarlo. Llegados a este último caso, es más que probable que el PP ejecutaría la sentencia de forma inmediata. De dar la razón el TS a la entidad alavesa, comenzaría en Vitoria de nuevo el trámite legal para preparar y posteriormente presentar el citado recurso de casación en Madrid. Este galimatías judicial podría durar años.
Mientras tanto, el PP manifestó ayer a través de un comunicado su satisfacción por el fallo, una decisión que "restituye la legalidad" en el seno de la entidad financiera. El PP consideró que la sentencia recoge el posicionamiento de este partido y expresó su confianza en la "pronta restitución de la normalidad en la Caja Vital".