El finiquito es, tal y como se conoce en el mercado laboral, es el remate de las cuentas, o certificación que se obtiene para constancia de que están ajustadas y satisfecho el alcance que resulta de ellas.

Se trata de cantidad económica que, de acuerdo con los especialistas, una empresa debe a un trabajador al finalizar su contrato. Ya sea en caso de despido como de renuncia voluntaria del trabajador, es un documento que debe ser acordado y firmado por la empresa y el empleado.

Su cálculo depende de factores como el salario pendiente de pago, la parte proporcional de las pagas extra, las vacaciones no disfrutadas, las horas extraordinarias, la indemnización por despido y otras cantidades generadas en el último año.

Un trabajador y un empresario alcanzan un acuerdo Pexels

Este es el finiquito que pertenece por cada año trabajado según la nómina

Para calcular el finiquito que pertenece por cada año trabajado según la nómina, lo primero que hay que hacer es conocer el salario mensual, las pagas extras a las que el trabajador tiene derecho y el número de días de vacaciones pendientes.

Los especialistas subrayan que, al calcular el finiquito, no se tiene en cuenta el número de años trabajados. Lo primero que hay que calcular es la parte proporcional del salario correspondiente a los días trascurridos desde la última nómina hasta el fin del período de preaviso de 15 días al notificar el fin del contrario.

Para calcularlo, lo que hay que hacer es repartir el sueldo mensual entre 30. Así se sabe cuál es el salario bruto diario y se multiplica por los días trabajados ese último mes.

Otros factores que influyen

Además de calcular la parte del salario a la que se ha hecho alusión, también hay que contabilizar los días de vacaciones pendientes. Esos días hay que multiplicarlos por ese salario diario que se ha calculado en el paso anterior. A la cantidad resultante, hay que añadirle las dietas y otros extras habituales en la nómina que no hayan sido recibidos, proporcionalmente a los días trabajados.

Dicho de otro modo: si un trabajador decide renunciar a su empleo este mismo mes de agosto, tiene derecho a la proporción correspondiente de la paga extra de julio por esos siete meses trabajados.

La suma de estas cifras dará como resultado el finiquito correspondiente por cada año trabajado según la nómina.

¿Cómo reclamar a la empresa la cantidad de finiquito que nos adeuda?

Aunque lo más común es que la mayoría de las empresas ingresen el finiquito sin inconveniente, en ocasiones, algunos trabajadores se ven obligados a hacer frente al problema de firmar el finiquito y después no cobrarlo.

Pero, ¿se puede reclamar el cobro no efectuado si se ha firmado previamente el finiquito? Según los expertos, haberlo firmado hace más difícil que la reclamación salga adelante.

Vía extrajudicial

Para reclamar a la empresa la cantidad de finiquito que debe, se puede optar por la vía extrajudicial. Esto significa contactar con la empresa para cobrar el finiquito de manera "amistosa". Si la empresa se niega, lo recomendable es contactar con ella a través de un abogado. Si la empresa sigue sin pagar, el abogado se encargará de tramitar el asunto por vía judicial.

Acto de conciliación

El acto de conciliación es obligatorio, tal y como lo señalan los expertos, antes de iniciar un proceso ante el Juzgado de lo Social. Para reclamar un finiquito no cobrado, se presenta una demanda ante la Unidad de Mediación, Arbitraje y Conciliación. Normalmente, estos conflictos se resuelven en el acto de conciliación.

Vía judicial

Si el conflicto no se ha resuelto en el acto de conciliación, el siguiente paso es apostar por la vía judicial. Se puede hacer a través de un proceso monitorio, un proceso declarativo verbal u ordinario o un proceso cambiario.

Proceso monitorio

El proceso monitorio se se lleva a cabo de forma más rápida que el ordinario y es válido frente a cantidades en las que no haya controversia. Además, no es necesaria la contratación de un abogado o procurador. En este caso, la deuda no debe superar los 6.000 euros.

Proceso declarativo verbal u ordinario

En el caso de que el importe del finiquito sea inferior a los 6.000 euros, el trabajador acudiría al procedimiento declarativo verbal. Si la cantidad es mayor a 6.000 euros, el trabajador debe optar por el proceso ordinario. Una vía que, según los expertos, es interesante cuando se conoce que la empresa va a continuar con su negativa.

Proceso cambiario

El proceso cambiario fuerza a la empresa a pagarte el finiquito mediante un pagaré, un cheque o una letra de cambio. Es una vía rápida para evitar que la empresa tenga tiempo de declararse insolvente o en concurso de acreedores.

Un trabajador fatigado al sol Archivo