madrid - La jueza del Comité de Competición de la Real Federación Española de Fútbol (RFEF), Carmen Pérez González, ha dictaminado “alineación indebida” del jugador del Barcelona Chumi en la ida de los octavos de final de la presente Copa del Rey ante el Levante, si bien no conlleva la expulsión del Barça de la competición al ser presentado el recurso fuera de plazo.
“Declarar la alineación indebida del jugador del FC Barcelona, D. Juan Brandáriz Movilla, formulada por el club Levante Unión Deportiva, SAD, con relación al partido de ida de octavos de final del Campeonato de España/Copa de S.M. El Rey, disputado entre ambos clubes el día 10 de enero de 2019”, señala Competición.
En este sentido, Competición argumenta que aunque a dicha alineación indebida correspondería la imposición de las consecuencias previstas en el artículo 76 del Código Disciplinario de la RFEF -la expulsión del Barça y multa accesoria-, la misma “no resulta posible” en este caso en aplicación de lo ordenado por el TAD a Competición.
Y es que el Tribunal Administrativo del Deporte (TAD) confirmó el pasado mes de marzo que el recurso presentado por el club valenciano fue fuera de plazo, dejando la decisión de Competición sin consecuencias deportivas para el Barcelona.
El Levante UD podría presentar un recurso a esta resolución ante el Comité de Apelación en el plazo de diez días hábiles, a contar desde el siguiente al que se reciba la notificación. De momento el club granota ha celebrado la resolución de Competición y deja abierta la posibilidad de recurrir, aunque se pregunta su viabilidad al no tener “consecuencias disciplinarias” el dictamen de Competición. “Ante la resolución de la Jueza Única de Competición en la que declara alineación indebida del jugador del FC Barcelona, Juan Brandáriz Chumi, en el partido de ida de los octavos de final de la Copa del Rey, Levante UD-Barcelona, el club quiere manifestar su satisfacción por haber conseguido que se haya fallado a favor de sus intereses”, señaló el club”. - E.P.