BILBAO - Los abogados de Aspe están estudiando si recurrirán la sentencia del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco que el 13 de junio de 2017 condenó a la operadora a abonar a Yves Xala 150.000 euros “en concepto de indemnización por los daños y perjuicios ocasionados por la vulneración de su derecho constitucional al honor”. La empresa, además, evitó ayer realizar valoraciones acerca de la resolución que tomaron en la Sala de lo Social del TSJPV los magistrados Biurrun Mancisidor, Asenjo Pinilla y Lumbreras Lacarra. De cualquier modo, la operadora que dirige Fernando Vidarte, Administrador Único, tendría diez días hábiles desde la notificación para valorar si pleitear en el Supremo.
El pelotari, actualmente en Garfe, solicitó una indemnización a Aspe en marzo por “vulneración del derecho al honor y a la intimidad” así como la petición de un finiquito que le correspondía al terminar su carrera “al amparo del artículo 49.1 c) ET”. El Juzgado de Eibar desestimó ambos conceptos.
El delantero de Lekuine optó por recurrir ambas sentencias en el TSJPV y el fallo de la pasada semana da parcialmente la razón al manista. Consideran que las declaraciones vertidas por Fernando Vidarte, Administrador Único de Aspe, -“últimamente está jugando a gran nivel, pero el resto del año no ha estado. Un pelotari no puede jugar bien solo cuando se acerca al final de su contrato” y añadió que era “un pelotari de riesgo”, que puede “lesionarse en cualquier momento”-, sobrepasan el “la libertad de expresión” y, por tanto, “infringen su derecho al honor”. “Se le está imputando un ilícito laboral que es constitutivo de falta muy grave en este ámbito, especialmente el que es el último inciso, al ligar el buen juego con el final del contrato y por tanto con la renovación del mismo. Le está acusando a la postre de una actuación dolosa e incardinable en lo que se conoce como transgresión de la buena fe contractual. Buena fe que, aprovechamos para resaltar, es también exigible al empresario”, abunda la sentencia.
Por otro lado, el fallo del TSJPV no contempla que haya “lucro cesante”, tal y como solicitaba el lekuindarra.
Sentencia nula Yves Xala, en el mismo juicio, recurrió la sentencia del 17 de marzo de 2017 del Juzgado de lo Social de Eibar, en la que se establecía que el pelotari no debía cobrar finiquito por su estancia desde 2000 en la operadora de Eibar. El TSJPV anuló el fallo anterior para que “se dicte una nueva en la que se exprese el origen de la convicción de los hechos declarados probados”. Y es que, según se estableció, la determinación venía cebada porque “existe una gran diferencia retributiva entre el actor -Xala- y el resto de pelotaris de la empresa”. Para llegar a eso, Aspe presentó varios modelos 10T en los que constan “cantidades diversas” y el nombre del “supuesto trabajador perceptor” se encuentra borrado, de cara a “no infringir las obligaciones con la protección de datos, según afirma la empresa en su escrito de impugnación del recurso”.
El Tribunal considera que “la instancia ha incumplido gravemente su deber de indicar el origen de la convicción de la diferencia retributiva entre manistas, en el que, como se ha dicho, descansa gran parte de su argumentación para desestimar la demanda”. Además, exponen que “de los documentos señalados no se puede entender que haya trabajadores - que serían tres, según afirma la empresa - que perciben dichas cantidades, al no estar acreditada su identidad ni mediar ninguna otra prueba complementaria”.
También se añade que “falta un dato sustancial, el del número de pelotaris en la plantilla de la demandada, para saber si los salarios de esos tres deportistas que habrían percibido, en su caso, salario inferior al del demandante, son mayoritarios o minoritarios en la empresa”. Así, destacan como “huérfano de expresión” y “nula” la sentencia de Eibar. Hasta la actualidad, la justicia siempre ha dado la razón a los pelotaris que lo han solicitado, como en casos como el de Ekaitz Saralegi, que abrió el melón y acabó llegando a un acuerdo, e Iñigo Pascual.